ARTÍCULO 4º. Sin perjuicio de las funciones asignadas a las distintas entidades estatales existentes, las funciones de la Comisión Colombiana del Espacio serán las siguientes:
1. Coordinar las actividades espaciales nacionales, promoviendo la utilización conjunta de instalaciones técnicas especiales y propiciando la integración y racionalización de los recursos nacionales en materia espacial.
2. Coordinar la política nacional para la difusión de la posición, políticas, criterios y lineamientos del Estado colombiano sobre el tema espacial.
3. Coordinar la política nacional para la creación de estímulos a la participación de la iniciativa privada en actividades espaciales.
4. Coordinar la política para la creación de estímulos a la participación de universidades y otras instituciones de investigación para el desarrollo científico y tecnológico en actividades de interés en el campo espacial.
5. Coordinar la política nacional para la creación de estímulos a la participación de científicos y expertos en las actividades espaciales.
6. Coordinar la política nacional para la promoción de la cooperación nacional e internacional en asuntos espaciales, recomendando mecanismos para el efecto.
7. Orientar al Estado en la ejecución de la política espacial nacional.
8. Orientar al Estado en los asuntos de carácter científico, tecnológico y jurídico relacionados con el uso, exploración y utilización con fines pacíficos del espacio ultraterrestre y, en general, en las materias referentes a la actividad espacial, incluyendo el desarrollo y la aplicación de las tecnologías espaciales para contribuir en el aumento de la productividad, la eficiencia y la competitividad en la agricultura, la industria, el comercio, el sector de los servicios y otros sectores.
9. A solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores, analizar la conveniencia de suscribir tratados, convenios y acuerdos internacionales en asuntos espaciales y formular recomendaciones sobre esta materia.
10. A solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores, formular recomendaciones sobre la posición de Colombia en los organismos y foros internacionales que tratan sobre asuntos espaciales.
11. Darse su propio reglamento y aprobar el reglamento del Comité Técnico.
12. Las demás que le señale la Ley o establezca el Gobierno Nacional.