ARTÍCULO 5°. Funciones. La Comisión Intersectorial para la Educación Económica y Financiera ejercerá las siguientes funciones:
1. Proponer la política, los lineamientos, las herramientas y las metodologías para la adopción de la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.
2. Recomendar la implementación de los mecanismos de gestión, coordinación y financiación entre los sectores público y privado necesarios para la implementación y ejecución de la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.
3. Coordinar las actividades que realicen las instituciones públicas y privadas relacionadas con la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas necesarias para implementar la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.
4. Crear las subcomisiones técnicas de apoyo y consultivas que se consideren necesarias para el mejor desempeño de sus funciones.
5. Presentar propuestas al Gobierno Nacional para la adopción de medidas tendientes a lograr la implementación y ejecución de la política, promoviendo la normatividad y actividades necesarias para el desarrollo de la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera.
6. Expedir su propio reglamento de funcionamiento y toma de decisiones, el cual se adoptará por mayoría absoluta de sus integrantes.
7. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su fin.
Parágrafo 1
PARÁGRAFO 1°. En el diseño e implementación de la Estrategia para la Educación Económica y Financiera, se consultarán los estándares internacionales y Principios de Alto Nivel sobre Estrategias Nacionales de Educación Financiera impartidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y demás organismos pertinentes, ajustándolas a las condiciones nacionales y regionales, con el fin, entre otros, de insertar al país en las redes y mecanismos internacionales relacionados con la educación financiera.
Parágrafo 2
PARÁGRAFO 2°. Los miembros de la Comisión y los invitados permanentes, darán a conocer oportunamente los programas anuales y/o actividades de educación económica y financiera planeados con el fin de evitar duplicidad de esfuerzos y cumplir los principios que rigen las actuaciones administrativas.
Parágrafo 3
PARÁGRAFO 3°. La Comisión Intersectorial para la Educación Económica y Financiera, podrá formular observaciones y recomendaciones sobre la calidad y veracidad de los contenidos de los programas y materiales relacionados con la Educación Económica y Financiera a las instituciones que cuenten con facultades y funciones sobre calidad de la educación, protección del consumidor y demás aspectos relacionados, sin perjuicio de las medidas que les corresponda adoptar a estas dentro del ámbito de su competencia.