ARTÍCULO 1º. La Asistencia Pública, en cuanto es función del Estado, comprende el conjunto de actividades que tienen por objeto: a) Prevenir la enfermedad, promover la salud y procurar su rehabilitación entre quienes estén imposibilitados para trabajar y carezcan de medios de subsistencia así como derecho a ser asistidos por otras personas; b) Proteger a la niñez y a la ancianidad desvalida. CAPITULO II DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD. SECCIÓN PRIMERA. ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES.