ARTÍCULO 16. Funciones de la Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General las siguientes:
1. Asesorar a la Dirección General en la formulación de políticas, planes y programas, en lo referente al desarrollo del talento humano y la administración de los recursos financieros, económicos y físicos de la Unidad.
2. Dirigir, coordinar y hacer seguimiento a la planeación, ejecución y control de la gestión administrativa y financiera de la Unidad de Planeación de Infraestructura de Transporte (UPIT).
3. Dirigir el desarrollo de los programas de administración de personal, bienestar social, seguridad industrial, salud ocupacional, selección, vinculación, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano de la Unidad de Planeación de Infraestructura de Transporte (UPIT), de conformidad con las políticas institucionales y la normativa vigente.
4. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventario de los elementos, equipos y demás bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la Unidad, velando para que se cumplan las normas vigentes sobre la materia.
5. Preparar en coordinación con la Dirección General y las demás dependencias de la Unidad, el anteproyecto de presupuesto y el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) que deba adoptar la entidad y adelantar las acciones requeridas para su incorporación en el Presupuesto General de la Nación.
6. Preparar y presentar los estados financieros, informes de ejecución presupuestal y evaluación financiera de la Unidad y los demás informes y análisis financieros que sean solicitados a la Entidad.
7. Elaborar, estudiar, avalar y conceptuar sobre proyectos de actos administrativos, contratos o convenios que deba suscribir o proponer el Director General y sobre los demás asuntos que se le asignen.
8. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de contratación y suscripción de convenios que requiera la Unidad.
9. Dirigir la identificación, el diseño y la implementación de soluciones tecnológicas acordes con las necesidades de la entidad y velar por la operación, funcionalidad y seguridad de la información sistematizada.
10. Coordinar las actividades de control interno disciplinario para el cumplimiento de lo señalado en la Ley 734 de 2002 y las normas que la modifiquen o adicionen y resolverlas en primera instancia.
11. Coordinar, supervisar y controlar el sistema de gestión documental de la Unidad.
12. Velar por la debida prestación del servicio al ciudadano y por la atención de quejas y reclamos que presenten los ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que laboran en la Unidad.
13. Liderar la debida aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional, al interior de la Unidad.
14. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.