Artículo 1°. Transición en la distribución de los recursos de la Participación de Propósito General correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa . Modificado por el Decreto Nacional 4815 de 2008 , Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 674 de 2011 , Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 1165 de 2012 . Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 200 de 2013 , Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 284 de 2014 . En la asignación de los recursos correspondientes a la eficiencia fiscal y administrativa de la Participación de Propósito General para la vigencia fiscal 2008, el Conpes Social podrá incluir una compensación con el fin de garantizar los recursos asignados en 2007 a los sectores de deporte y recreación y cultura. Estos recursos se distribuirán entre las entidades beneficiarias de la Participación de Propósito General, asignándoles un monto adicional que compense la diferencia de manera equitativa y proporcional. Los recursos asignados de esta manera serán destinados por los beneficiarios exclusivamente a los sectores de deporte y recreación y cultura.