ARTÍCULO 2. Integración. La Comisión de
Seguimiento a los Acuerdos del Paro Cívico Departamental por la Salvación y
Dignidad del Chocó estará conformada por los siguientes miembros:
1 . El Ministro del Interior o su delegado, quien será
el coordinador.
2 . El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o
su delegado.
3 . El Ministro de Transporte, o su delegado.
4 . El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia
de la República, o su delegado.
5 . El Alto Consejero Presidencial para las Regiones, o
su delegado.
6 . El Coordinador del Fondo/Crédito del Plan Todos
Somos PaZcífico, o su delegado.
7 . Tres (3) voceros permanentes del Comité Cívico Departamental
por la Salvación y la Dignidad del Chocó.
Parágrafo 1
PARÁGRAFO 1. Como invitados permanentes,
asistirán el Gobernador del departamento del Chocó y el Alcalde del municipio
de Quibdó, o sus delegados.
Parágrafo 2
PARÁGRAFO 2. El Ministro del
Interior, como coordinador de la Comisión Chocó, convocará y conformará equipos
de trabajo integrados por las entidades que participaron en la construcción de
los acuerdos y aquellas que tengan competencia para la materialización de los
compromisos.
Parágrafo 3
PARÁGRAFO 3. Podrá convocarse, adicionalmente,
a los representantes de las entidades públicas y privadas que estimen
conveniente de conformidad con las temáticas a tratar en la Comisión.