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Decreto 540 de 2012 — Kelsen
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Decreto2012

Decreto 540 de 2012

Ministerio de la Proteccion Social

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

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Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

540

Año

2012

Entidad

Ministerio de la Proteccion Social

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

7

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

540

Año

2012

Entidad

Ministerio de la Proteccion Social

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

7

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5
  • Artículo 6
  • Artículo 7

Artículo 1

Artículo 1°. Objeto . El presente decreto tiene por objeto crear la Comisión Intersectorial para la Operación del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de Protección Social, la cual tendrá a su cargo la coordinación de las acciones para la implementación del mencionado Sistema.

Artículo 2

Artículo 2°. Integración . Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 618 de 2014 . La Comisión Intersectorial para la operación del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de Protección Social, estará integrada por los siguientes funcionarios: 1. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, quien la presidirá. 2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. 3. El Ministro del Trabajo o su delegado. 4. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado. 5. El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP- o su delegado. Parágrafo. La Comisión Intersectorial para la Operación del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de Protección Social, podrá invitar a funcionarios representantes de otras entidades, expertos y demás personas, cuyo aporte puede ser de utilidad para los fines encomendados a la misma, en virtud del presente decreto.

Artículo 3

Artículo 3°. Funciones de la Comisión. Modificado por el art. 2, Decreto Nacional 618 de 2014 . La Comisión Intersectorial para la operación del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de Protección Social, tendrá a su cargo el cumplimiento de las siguientes funciones: 1. Fijar los parámetros tecnológicos para la interrelación y operación de los componentes que constituyen el Sistema de Registro Único de Afiliados. 2. Coordinar las acciones para la implementación del Sistema de Registro Único de Afiliados. 3. Recomendar los lineamientos que se deben tener en cuenta para la adecuada implementación del Sistema de Registro Único de Afiliados. 4. Proponer los requerimientos técnicos para la operación de la base de datos única centralizada del Sistema de Registro Único de Afiliados. 5. Expedir su propio reglamento. 6. Las demás funciones que sean propias de la naturaleza de coordinación y orientación de su actividad.

Artículo 4

Artículo 4°. Secretaría Técnica. Modificado por el art. 3, Decreto Nacional 618 de 2014 . La Comisión Intersectorial para la Operación del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de Protección Social contará con el apoyo de una secretaría técnica encargada de articular las iniciativas y acciones técnicas que surjan de la Comisión y será ejercida por la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) del Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo 5

Artículo 5°. Funciones de la Secretaría Técnica . Serán funciones de la Secretaría Técnica, las siguientes: 1. Convocar a los integrantes de la Comisión a las sesiones ordinarias y extraordinarias y a los invitados que se requieran. 2. Asistir a las reuniones de la Comisión, elaborar las actas correspondientes y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos. 3. Preparar a la Comisión las propuestas, documentos de trabajo, informes y demás material de apoyo, que sirva de soporte a las decisiones de la misma. 4. Las demás funciones que le sean propias de su carácter de apoyo y soporte técnico o que le sean asignadas por la Comisión.

Artículo 6

Artículo 6°. Reuniones . La Comisión Intersectorial para la Operación del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de Protección Social, se reunirá ordinariamente cuando menos una vez al mes, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica con una antelación no menor a ocho (8) días a su celebración y extraordinariamente a solicitud del presidente de la Comisión cuando se estime necesario. Parágrafo. La Comisión Intersectorial para la Operación del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de Protección Social, sesionará con la mitad más uno de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría simple.

Artículo 7

Artículo 7°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá, D. C., a 14 de marzo de 2012 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón. La Ministra de Salud y Protección Social, Beatriz Londoño Soto. El Ministro de Trabajo, Rafael Pardo Rueda. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Diego Molano Vega. La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor. NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48372 de marzo 14 de 2012. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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