ARTÍCULO 9°. Dirección General. Son funciones de la Dirección General:
1. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos, y ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Centro de Memoria Histórica.
2. Dirigir y controlar los planes y programas destinados a motivar, promover y garantizar la participación en la gestión de los objetivos y procesos misionales de los grupos vulnerables, étnicos, género, grupos políticos y demás formas de organización de las víctimas que han sido objeto de persecución en el marco del conflicto interno.
3. Dirigir y controlar el diseño, creación y administración del Museo Nacional de la Memoria, fomentando la participación del sector privado y de la cooperación internacional, y adoptar los lineamientos de contenido y forma de presentación con la asesoría técnica del Museo Nacional de Colombia.
4. Presentar al Consejo Directivo los planes de inversión, programas y el anteproyecto de presupuesto, así como los avances y resultados en la ejecución de los mismos.
5. Participar en sociedades o asociaciones que se creen y organicen para el mejor cumplimiento de su objeto, objetivos y funciones, de acuerdo con la autorización que imparta el Consejo Directivo.
6. Establecer relaciones con universidades, organismos de investigación, organizaciones no gubernamentales, organizaciones de víctimas, organismos de cooperación nacional, la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia e investigadores y organismos homólogos, para motivar, fortalecer y desarrollar el conocimiento y preservación de la memoria histórica.
7. Promover la coordinación de actividades entre la entidad, las entidades estatales y demás organismos que participan en el cumplimiento de los objetivos y mandatos de la Ley de Víctimas.
8. Promover, motivar y articular los resultados de la gestión del Centro de Memoria Histórica con las demás instituciones, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en la búsqueda de la reparación integral de las víctimas, la reconciliación y la búsqueda de la paz.
9. Promover las alianzas estratégicas, nacionales e internacionales, que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la entidad, en coordinación con las entidades competentes.
10. Ejercer la facultad nominadora del personal de la entidad, con excepción de las atribuidas a otra autoridad.
11. Coordinar todas aquellas actividades y operaciones que en materia de Sistema de Control Interno y de cultura de control deban desarrollarse y consolidarse dentro de la entidad.
12. Dirigir la elaboración y presentar a la autoridad competente el anteproyecto anual de presupuesto de la Entidad, sus adiciones y traslados, así como los estados financieros, de conformidad con las disposiciones legales, orgánicas y reglamentarias sobre la materia.
13. Ordenar los gastos y suscribir como representante legal los actos, convenios y contratos, para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas a la entidad.
14. Crear, organizar y conformar comités, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento de la entidad.
15. Ejercer la función de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
16. Constituir mandatarios que representen al Centro de Memoria Histórica en negocios judiciales y extrajudiciales.
17. Dirigir, orientar y controlar la elaboración, adopción y ejecución de los planes de acción, plan de compras y demás instrumentos que permitan la programación y utilización eficiente y eficaz de los recursos físicos y humanos asignados al Centro.
18. Ejecutar y supervisar el cumplimiento de los lineamientos y directrices emitidos por el Consejo Directivo.
19. Establecer, implementar y mantener el Sistema Integrado de Gestión Institucional.
20. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.