ARTÍCULO 2°. Funciones . El Ministerio del Interior y de Justicia tiene, además de las funciones determinadas en la Constitución Política y el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
1. Orientar, coordinar y controlar de conformidad con la ley y estructuras orgánicas respectivas, las entidades adscritas y vinculadas e impulsar y poner en ejecución planes de desconcentración y delegación de las actividades y funciones en el Sector Administrativo del Interior y de Justicia.
2. Formular, coordinar, evaluar y promover políticas en materia de fortalecimiento de la democracia, de los asuntos políticos, legislativos, y la participación ciudadana en la organización social y política de la Nación.
3. Formular, coordinar, evaluar y promover la política de Estado en materia de seguridad, convivencia ciudadana y la protección de los Derechos Humanos en coordinación con las demás entidades del Estado competentes.
4. Formular, promover y ejecutar políticas, en el marco de su competencia, en materia de descentralización, ordenamiento y autonomía territorial, desarrollo institucional y las relaciones políticas y de orden público entre la Nación y las entidades territoriales.
5. Apoyar la formulación de la política de Estado dirigida a los grupos minoritarios y ejecutarla en lo de su competencia en coordinación con las demás entidades competentes del Estado.
6. Coordinar y garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales.
7. Formular, coordinar, evaluar y promover las políticas y estrategias que faciliten el acceso a la justicia comunitaria, alternativa o formal, y la utilización de medios alternativos de solución de conflictos.
8. Formular, promover y ejecutar políticas y estrategias de Estado en materia de justicia, defensa jurídica pública, coordinación de la gestión jurídica pública, derecho y demás aspectos relacionados.
9. Participar en el diseño y definición de la política criminal y penitenciaria del Estado, la prevención del delito, las acciones contra la criminalidad organizada, y el tratamiento penitenciario y carcelario con el fin de garantizar los fines de la pena.
10. Formular, coordinar, evaluar y promover las políticas sobre el problema mundial de las drogas ilícitas en lo de su competencia.
11. Promover en el marco de su competencia, las normas sobre extinción de dominio y establecer las políticas para la destinación de los bienes incautados y decomisados en los términos de la ley.
12. Diseñar y aplicar políticas y estrategias de racionalización del ordenamiento jurídico y facilitar el acceso a la información jurídica.
13. Coordinar la defensa del ordenamiento jurídico, proponer reformas normativas y asesorar al Gobierno Nacional en la formulación de iniciativas normativas.
14. Diseñar estrategias para el fortalecimiento, promoción y acercamiento de la ciudadanía y la comunidad a la legislación vigente, a la prestación de servicios relacionados con la Administración de Justicia, a la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos, y de asistencia a la comunidad sobre los temas de competencia del Ministerio.
15. Apoyar en lo de su competencia, los procesos de justicia transicional en el marco del mandato contenido en las leyes y las demás que las modifiquen y reglamenten.
16. Participar con el Gobierno Nacional en el diseño de las políticas relacionadas con la protección de la fe pública y lo concerniente al sistema de notariado.
17. Participar con el Gobierno Nacional en el diseño de las políticas de registro público inmobiliario, del sistema y de la función registral.
18. Participar con el Gobierno Nacional en el diseño de las políticas relacionadas con los derechos de autor y los derechos conexos.
19. Coordinar en el Congreso de la República la agenda legislativa del Gobierno Nacional con el concurso de los demás ministerios, y las demás entidades del orden nacional.
20. Preparar los proyectos de decreto y resoluciones ejecutivas que deban dictarse en ejercicio de las atribuciones que corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa, en los asuntos de su competencia.
21. Cumplir las disposiciones legales en lo relacionado con el Fondo para la Participación y el Fortalecimiento de la Democracia.
22. Cumplir las disposiciones legales en lo relacionado con el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Fonsecon, el Fondo de Infraestructura Carcelaria, el Fondo de Protección y el Fondo de Lucha contra las Drogas.
23. Organizar y dirigir el Centro de Estudios Políticos y el Centro de Estudios Jurídicos desde los cuales se investiguen, estudien, analicen y difundan el ordenamiento constitucional y legal, los fenómenos sociales, jurídicos y políticos nacionales e internacionales.
24. Servir de enlace entre la Rama Ejecutiva, la Rama Legislativa, la Rama Judicial, el Ministerio Público, la Registraduría Nacional del Estado Civil y los organismos de control en los temas de su competencia.
25. Preparar los anteproyectos de planes o programas o proyectos de inversiones correspondientes al Sector Administrativo del Interior y de Justicia.
26. Orientar, coordinar, evaluar y ejercer el control administrativo a la gestión de las entidades que componen el Sector Administrativo del Interior y de Justicia.
27. Las demás funciones asignadas por la ley.