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Decreto 413 de 2002 — Kelsen
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Decreto2002

Decreto 413 de 2002

Suin

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

413

Año

2002

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

7

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

413

Año

2002

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

7

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5
  • Artículo 6
  • Artículo 7

Artículo 1

ARTÍCULO 1º- Créase la comisión intersectorial de políticas, divulgación y capacitación comunitaria sobre justicia de paz.

Artículo 2

ARTÍCULO 2º- Naturaleza de la comisión. La comisión intersectorial de políticas, divulgación y capacitación comunitaria sobre justicia de paz, es una instancia administrativa que propende por el diseño de políticas para la implantación y desarrollo de esa justicia en el territorio nacional.

Artículo 3

ARTÍCULO 3º- Conformacion de la comisión. La comisión intersectorial de políticas, divulgación y capacitación comunitaria sobre justicia de paz, estará integrada por las siguientes personas: 1. El Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado, quien la presidirá. 2. El Ministro del Interior o su delegado. 3. El Ministro de Educación Nacional o su delegado. 4. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado. PARÁGRAFO .- La secretaría técnica de la comisión estará en cabeza del director de acceso a la justicia y fomento a los medios alternativos de solución de conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho, quien además de levantar las actas de la misma, citará a sus integrantes a las reuniones e invitará a las entidades mencionadas en el artículo quinto del presente decreto a participar en las citadas reuniones.

Artículo 4

ARTÍCULO 4º- Sesiones. La comisión intersectorial de políticas, divulgación y capacitación comunitaria sobre justicia de paz, sesionará ordinariamente dos veces por año y extraordinariamente cuando las circunstancias así lo ameriten.

Artículo 5

ARTÍCULO 5º- En virtud del inciso segundo del artículo 113 de la Constitución Política, serán invitados permanentes en esta comisión intersectorial de políticas, divulgación y capacitación comunitaria sobre justicia de paz, los siguientes funcionarios y entidades: 1. El Presidente del Consejo Superior de la Judicatura o su delegado. 2. El Presidente del Consejo Nacional Electoral o su delegado. 3. El Procurador General de la Nación o su delegado. 4. El Fiscal General de la Nación o su delegado. 5. El Defensor del Pueblo o su delegado. 6. El Director de la Escuela Rodrigo Lara Bonilla o su delegado. 7. El Presidente de la Federación Nacional de Municipios o su delegado. 8. Universidades y organizaciones especializadas, en los términos previstos en la Ley 497 de 1999.

Artículo 6

ARTÍCULO 6º- Funciones. La comisión intersectorial de políticas, divulgación y capacitación comunitaria sobre justicia de paz, tendrá las siguientes funciones: 1. Diseñar políticas para la implantación y mejor funcionamiento de la justicia de paz. 2. Promover los proyectos y estudios técnicos necesarios para la implantación de la justicia de paz en el territorio nacional. 3. Diseñar las políticas generales que atiendan a la divulgación y capacitación comunitaria sobre la justicia de paz en todo el territorio nacional. 4. Fijar las directrices institucionales para la capacitación de la comunidad en el mencionado tema. 5. Diseñar un programa de archivo y memorias de las capacitaciones realizadas. 6. Preparar los informes que se requieran en el desarrollo de sus funciones o cuando sean solicitados por alguna autoridad. 7. Elaborar su reglamento de funcionamiento.

Artículo 7

ARTÍCULO 7º- Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase, Dado en Bogotá, D.C., a 6 de marzo de 2002. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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