ARTÍCULO 1. Modifíquese el artículo 2.2.1.4.3 del Decreto 1083 de 2015, el cual quedará así:
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Decreto 383 de 2026 Departamento Administrativo de la Función Pública
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
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Normativa
Tipo
Decreto
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
ARTÍCULO 1. Modifíquese el artículo 2.2.1.4.3 del Decreto 1083 de 2015, el cual quedará así:
artículo 2.2.1.4.4) con el fin de eliminar el
Parágrafo 3
parágrafo 3, así mismo, se modificara el numeral quinto (5) del mismo artículo, con respecto al número de integrantes de la mesa, con una representación de los trabajadores a diez (10) representantes de las Organizaciones Sindicales. Que en el citado Acuerdo sindical se señaló que "el Gobierno Nacional, expedirá el respectivo acto administrativo que conmine a los sectores, organismos, entidades del orden nacional, territorial y las Empresas Sociales del Estado de acuerdo con su autonomía, para que cumplan con lo dispuesto en el Decreto 2400 de 1968, Ley 909 de 2004, las Sentencias 614 del 2009, 171 del 2012, y el artículo 82 de la Ley 2294 de 2023 Plan Nacional de Desarrollo, y demás normas respecto de la formalización de plantas de personal. igualmente, el Gobierno Nacional se compromete a realizar los estudios técnicos en las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y formalizar mediante la ampliación de plantas permanentes, la reducción como mínimo de un 30% los contratos de prestación de servicios durante la vigencia del acuerdo, lo anterior estará sujeto a las disponibilidades presupuestales de cada vigencia fiscal, el marco fiscal de mediano plazo y al marco de gasto de mediano plazo." Que teniendo en cuenta las anteriores precisiones se estima procedente la modificación de los artículos 2.2.1.4.3 y 2.2.1.4.4 del Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con la duración de la Mesa y su conformación. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 3° y 8° de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto Reglamentario Único 1083 de 2015, el contenido del presente decreto junto con su memoria justificativa fue publicado en la página web del Departamento Administrativo de la Función Pública para conocimiento y posteriores observaciones de la ciudadanía y los grupos de interés. En merito a lo expuesto, DECRETA: 2.1.4.3. OBJETO DE LA MESA. La Mesa tendrá por objeto identificar las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional que presentan un número significativo de contratos de prestación de servicios con el fin de adoptar un cronograma con tareas, responsabilidades y fechas precisas, para que, de manera permanente, se continúe dando cumplimiento al Acuerdo Final de la Negociación Estatal de 2025, en materia de política laboral, de actualización/ampliación de plantas de empleo. Modifíquese el artículo 2.2.1.4.4 del Decreto 1083 de 2015, el cual quedará así: 2.1.4.4. INTEGRACIÓN DE LA MESA. LA MESA ESTARÁ INTEGRADA POR: 1. El Ministro del Trabajo, o su delegado, quien la presidirá 2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado 3. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, o su delegado 4. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado 5. Diez (10) representantes de las organizaciones sindicales, uno por cada una de las organizaciones sindicales firmantes del Acuerdo de la Negociación Colectiva de Solicitudes de las Organizaciones Sindicales de los Empleados Públicos de 2025.
Parágrafo 1
PARÁGRAFO 1°. Los integrantes de la Mesa solo podrán delegar su participación en funcionarios del nivel directivo, a quienes se les deberá atribuir la facultad de tomar decisiones en nombre de la respectiva entidad. Los Representantes de las organizaciones sindicales únicamente podrán delegar su participación en la Mesa en el suplente que hayan designado en su instalación.
Parágrafo 2
PARÁGRAFO 2°. A las sesiones de la Mesa, cuando sus integrantes lo consideren necesario, se invitará al representante legal de una determinada entidad u organismo de la rama ejecutiva nacional, al Fiscal General de la Nación o su delegado, al Procurador General de la Nación o su delegado, al Contralor General de la REPÚBLICA o su delegado, al Presidente de la Comisión Nacional del Servicio Civil o su delegado.
Parágrafo 3
PARÁGRAFO 3°. En las entidades territoriales las autoridades competentes podrán instalar mesas de trabajo con la participación de las organizaciones sindicales en una composición similar a la mesa nacional y cuyo objeto será el señalado en el artículo 2.2.1.4.3. La actualización/ampliación de las plantas de empleo podrá estar contenida en los planes de desarrollo territoriales con fundamento en el principio constitucional de coordinación. ARTÍCULO 3 VIGENCIA. El presente decreto rige a partir del día siguiente de su publicación, y modifica los artículos 2.2.1.4.3 y 2.2.1.4.4 del Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dados en Bogotá D.C, 7 días del mes de Abril del año 2026 EL MINISTRO DEL TRABAJO, ANTONIO ERESMID SANGUINO PÁEZ LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA MARIELA DEL SOCORRO BARRAGÁN BELTRÁN Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso