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Decreto 3565 de 2011 — Kelsen
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Decreto2011

Decreto 3565 de 2011

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

Señales de vigencia por artículo

Además, 3 artículos contienen posibles menciones textuales a derogatorias, modificaciones o inexequibilidad; esta señal es heurística y debe verificarse contra la fuente oficial.

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

3565

Año

2011

Entidad

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

4

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

3565

Año

2011

Entidad

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

4

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4

Artículo 1

Artículo 1°. Adiciona el numeral 32 del Artículo 31 de la Ley 99 de 1993. Reasignese la función del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial prevista en el numeral 35 del artículo 5° de la Ley 99 de 1993 a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, adicionando un numeral al artículo 31 de la citada ley, así: NOTA: Declarado Inexequible mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-366 de 2011 " 32. Hacer evaluación, seguimiento y control de los factores de riesgo ecológico y de los que puedan, incidir en la ocurrencia de desastres naturales y coordinar con las demás autoridades las acciones tendientes a prevenir la emergencia o a impedir la extensión de sus efectos".

Artículo 2

Artículo 2°. Adiciónese el artículo 1 ° de la Ley 1263 de 2008 modificatorio del artículo 28 de la Ley 99 de 1993 con el siguiente parágrafo transitorio: NOTA: Declarado Inexequible mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-366 de 2011 " Parágrafo transitorio. El período de los actuales Directores de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible se ampliará hasta el 30 de junio de 2012. El período institucional de los Directores Generales de las Corporaciones 2012-2015, iniciará el 1° de julio de 2012 y culminará el 31 de diciembre de 2015. El Proceso de elección de estos Directores deberá realizarlo el Consejo Directivo en el mes de junio de 2012. El período de los actuales miembros del Consejo Directivo de que tratan los literales e), f) y g) del artículo 26 de la Ley 99 de 1993 y de los representantes de la comunidad, organizaciones privadas o particulares que conforman los consejos directivos de las Corporaciones de Desarrollo Sostenible finalizará el 31 de diciembre de 2011".

Artículo 3

Artículo 3°. Adiciónese el artículo 2 ° de la Ley 1263 de 2008 con el siguiente parágrafo transitorio: NOTA: Declarado Inexequible mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-366 de 2011 " Parágrafo transitorio. El término de los actuales Planes de Acción de las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible se extenderá hasta el 30 de junio de 2012, para lo cual deberán realizar los ajustes del caso, siguiendo lo establecido en el Decreto 2350 de 2009, salvo lo dispuesto en el artículo 4°".

Artículo 4

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 2011. JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, BEATRIZ URIBE BOTERO. El Director del Departamento Nacional de Planeación, HERNANDO JOSÉ GÓMEZ RESTREPO. La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR. NOTA: Publicado en el Diario Oficial 48204 de septiembre 26 de 2011 Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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