ARTÍCULO 1º. El artículo 1 º del Decreto 1038 de 1995, quedará así: "ARTÍCULO 1º. Constitución y objetivos. Autorízase al Ministerio de la Protección Social y al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez, Icetex, para celebrar un convenio denominado Minprotección Social-Icetex, cuyo objeto es financiar mediante becas-crédito a profesionales de la salud durante su proceso de especialización en algunas de las diferentes áreas de la salud, a fin de estimular el perfeccionamiento del recurso humano y asegurar una mayor calidad en la prestación de los servicios de salud, en cumplimiento de lo dispuesto en artículo 193 de la Ley 100 de 1993. Al financiamiento del programa concurrirán el Ministerio de la Protección Social y el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez, Icetex con los recursos apropiados en sus Presupuestos para cada vigencia. PARÁGRAFO. El convenio celebrado para tal fin entre el Ministerio de la Protección Social y el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez, Icetex, con anterioridad a la vigencia del presente decreto se deberán ajustar con lo establecido en el presente artículo. Las partidas presupuestales ya apropiadas en cada entidad, se ejecutarán para los fines previstos".