ARTÍCULO 9° Son funciones del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte:
1. Elaborar con el Ministerios de Educación Nacional los planes sobre educación física, deportes, fomento y estímulo a las actividades de bienestar y recreación de la juventud, las asociaciones y movimientos juveniles y demás aspectos similares.
2. Promover y acometer actividades que se encaminen a difundir y estimular la educación física y los deportes en todo el territorio nacional, directamente o en cooperación con los Departamentos, los Municipios y las organizaciones y asociaciones interesadas en el deporte.
3. Organizar la supervisión y control de deporte en sus diversas categorías y en cooperación con el Ministerio de Salud y las autoridades departamentales y municipales para garantizar las condiciones de moralidad, salubridad y disciplina en que se desarrolle la organización y funcionamiento de los diversos deportes, a tenor de las normas legales vigentes, los compromisos internacionales en esta materia y los reglamentos que dicte el Instituto de conformidad con las exigencias de la moralidad, la higiene y el interés general.
4. Otorgar asistencia técnica y financiera, de acuerdo con los recursos económicos del Instituto, a entidades oficiales y privadas sin ánimo de lucro, para construcción y dotación de instalaciones deportivas y para todo lo relacionado a la educación física, al deporte, a las asociaciones juveniles, las actividades recreativas y los servicios de bienestar juvenil.
5. Realizar las operaciones necesarias para lograr que los implementos y artículos deportivos estén al alcance de las posibilidades económicas del mayor número posible de colombianos.
6. Contratar técnicos para la formación de entrenadores e instructores nacionales en los diversos deportes y actividades juveniles.
7. Coadyuvar a la financiación y organización de competencias y certámenes nacionales e internacionales con sede en Colombia, y a la participación oficial de Colombia, en torneos y campeonatos internacionales.
8. Promover asociaciones y movimientos juveniles cuyas finalidades sean complementar la formación de los jóvenes, desarrollar sus aptitudes y cultivar hábitos de servicio público y trabajo provechoso para el progreso nacional.
9. Promover y estimular actividades tendientes a proveer recreación sana a la juventud colombiana y principalmente en el campo del deporte y las actividades folclóricas.
10. Las demás funciones que le asigne el Gobierno Nacional en relación con el desarrollo del deporte, la educación física, la recreación, las asociaciones juveniles y las actividades del bienestar de la juventud.