ARTÍCULO 31. Registro de postulantes. Las personas inscritas en el
Registro de Ahorradores, que cumplan con los requisitos de ahorro previo y
evaluación de su capacidad de crédito, cuando éste se requiera, podrán
solicitar el Subsidio Familiar de Vivienda mediante su ingreso al Registro de
Postulantes, en las entidades otorgantes del subsidio.
La postulación se realizará mediante el diligenciamiento del formulario
de postulación y la entrega de los documentos que se señalan a continuación:
1. Copia de las comunicaciones recibidas por las entidades captadoras de
recursos, en las cuales se avisa el hecho de la postulación y la ratificación
de aplicar la totalidad del ahorro previo para la vivienda que se adquirirá con
el subsidio, con la consecuente inmovilización de los mismos, en los términos
previstos en los artículos 38 y 42 de este decreto.
2. Informe de la evaluación de la capacidad de crédito por parte del
establecimiento que lo tramitó, con indicación del monto del préstamo al cual
podrá acceder el postulante, en caso de requerirse para completar el valor de la
vivienda. En caso de no utilizarse financiación, se acreditará la
disponibilidad inmediata de los recursos para la obtención de la solución de
vivienda, en la forma señalada en el artículo 44 de este decreto.
3. Registro civil de matrimonio, prueba de unión marital de hecho y
registro civil de nacimiento de los demás miembros que conforman el hogar.
4. Documento expedido por la autoridad competente que acredite la
condición de mujer cabeza de hogar, cuando fuere del caso.
5. Carné o certificación municipal del puntaje Sisben, para quien lo
posea.
6. Formulario de postulación debidamente diligenciado y suscrito por los
cónyuges que conforman el hogar postulante, el cual incluirá la actualización
de la información socioeconómica de los miembros del hogar; la condición de
mujer cabeza de hogar, cuando a ello hubiere lugar; la Caja de Compensación
Familiar y Fondo de Cesantías a los cuales se encuentren afiliados al momento
de postular, si fuere del caso; el municipio en el cual desea aplicar el
subsidio. Cuando se trate de postulaciones colectivas, en el formulario se
determinará el correspondiente plan o conjunto de soluciones.
7. Declaración jurada de que el postulante, su cónyuge y los demás
miembros del hogar, cumplen en forma conjunta con las condiciones para ser
beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, que no están incursos en las
inhabilidades para solicitarlo y que sus ingresos familiares no son superiores
al equivalente a cuatro salarios mínimos legales mensuales (4 smlm).
8. Autorización para la verificación de la información suministrada por
el postulante y de su destinación para los fines del subsidio y la aceptación
de la exclusión automática del sistema de postulación al subsidio, en los casos
de verificarse falsedad o fraude en la información o la documentación.
9. En postulaciones colectivas, certificación de aportes del municipio o
de una Organización No Gubernamental, en terrenos para planes previamente
declarados elegibles, o en efectivo, cuando a ello hubiere lugar. En caso de
terrenos no desenglobados, el aporte de cada postulante será el correspondiente
a la parte alícuota sobre el valor del mismo.
10. Adicionado por
el art. 8 Decreto Nacional 2488 de 2002
Parágrafo 1
PARÁGRAFO 1°. Dentro de los recursos propios a acreditar por parte del
postulante, se podrán incluir las cuotas iniciales entregadas al vendedor del
inmueble respectivo, cuando así se haya pactado entre las partes.
Parágrafo 2
PARÁGRAFO 2°. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 28 del presente
decreto, se ingresará al Registro de Ahorradores y Postulantes, inscribiéndose
ante el Inurbe, las unidades administrativas, dependencias, entidades, entes u
oficinas que cumplan con las funciones de implantar las políticas de vivienda
de interés social en el municipio o distrito, los Fondos Departamentales de
Vivienda y otros puntos de atención y recepción de información, que determine
la entidad otorgante del subsidio.
Parágrafo 3
PARÁGRAFO 3°. Los afiliados a una Caja de Compensación Familiar ingresarán al
Registro de Ahorradores y Postulantes inscribiéndose ante la Caja en la cual se
encuentran afiliados y no tendrán que acreditar aquellos documentos que se
encuentren debidamente actualizados en la respectiva Caja.