ARTÍCULO 5º. Secretaría general. Son funciones de la Secretaría General las siguientes:
5.1 Asesorar a la Dirección Nacional en la formulación de normas y procedimientos para la administración del talento humano y de los recursos físicos, económicos y financieros de la entidad.
5.2 Administrar y velar por el cumplimiento de las políticas que en materia administrativa y financiera determine la Dirección.
5.3 Dirigir la elaboración de los proyectos de presupuestos de inversión y de funcionamiento de la entidad.
5.4 Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el desarrollo de la cultura organizacional y de gestión que contribuyan al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
5.5 Derogado por Art. 43, Decreto 2897 de 2011 . Asistir a las reuniones del Consejo Nacional de Estupefacientes en calidad de Secretaría Técnica.
5.6 Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros, de administración de personal, de servicios administrativos de la entidad.
5.7 Formular y velar por la ejecución de las políticas y programas de administración de personal, bienestar social, selección y clasificación, registro y control, régimen salarial y prestacional, capacitación y desarrollo de personal.
5.8 Dirigir la elaboración de los manuales y demás formatos de carácter administrativo que requiera la entidad, en coordinación con las diferentes dependencias, con el fin de racionalizar la gestión y los recursos de la Dirección Nacional.
5.9 Coordinar la ejecución de los procesos de adquisición, almacenamiento, inventario, custodia y suministro de bienes necesarios para el normal funcionamiento de la entidad.
5.10 Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los procesos y estudios precontractuales y contractuales que deba adelantar la entidad, en cumplimiento de las normas legales vigentes.
5.11 Atender los servicios de registro, clasificación, archivo y tramitación de correspondencia de la entidad.
5.12 Dirigir y controlar la elaboración de los informes de ley e institucionales que la Entidad deba presentar a los organismos de control estatal.
5.13 Coordinar la elaboración del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC, y del plan de necesidades de la entidad y velar por su cumplida aprobación y ejecución.
5.14 Velar por la correcta ejecución, contabilización y rendición de informes fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados a la entidad directamente o a través del Fondo de Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado, en coordinación con las Subdirecciones de Bienes y Jurídica.
5.15 Adelantar las investigaciones de carácter disciplinario que se adelanten contra los funcionarios o ex funcionarios de la entidad, y resolverlas en primera instancia.
5.16 Adelantar las gestiones necesarias para garantizar la presentación de propuestas de inversión de recursos, el análisis del rendimiento generado y el control sobre los vencimientos, en concordancia con las normas legales vigentes y la política de la entidad.
5.17 Dirigir, controlar, velar y presentar propuesta para el adecuado servicio de atención al cliente y la participación ciudadana.
5.18 Recepcionar, direccionar, tramitar y remitir a las dependencias correspondientes las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos que se presenten por parte de los interesados en relación con la misión de la entidad.
5.19 Dirigir la oportuna notificación y comunicación de las decisiones adoptadas por la Dirección Nacional de Estupefacientes y el Consejo Nacional de Estupefacientes. La expresión "y el Consejo Nacional de estupefacientes" es suprimida por el Art. 43, Decreto 2897 de 2011 .
5.20 Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.