ARTÍCULO 40. Subdirección de Talento Humano. Son funciones de la Subdirección de Talento Humano, las siguientes:
Apoyar a la Secretaría General en los elementos conceptuales y técnicos necesarios para la formulación de las políticas, planes, programas y estrategias para la gestión del talento humano, así como en la estructuración de la planta de empleos del Ministerio.
Formular, ejecutar y evaluar los planes estratégicos y programas para la gestión del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios del Ministerio, de conformidad con las normas legales vigentes y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
Planear, organizar, dirigir, supervisar y controlar las actividades relacionadas con el desarrollo y administración del talento humano en las etapas de ingreso, permanencia y retiro.
Diseñar, dirigir, ejecutar y evaluar los planes y programas de formación, capacitación, bienestar, incentivos, seguridad y salud en el trabajo de los servidores públicos del Ministerio de conformidad con la normativa vigente.
Realizar la liquidación y trámite oportuno de la nómina del personal, prestaciones sociales y demás reconocimientos a servidores y exservidores de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
Adelantar los estudios para la actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laborales con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas para los empleos que conforman la planta de personal del Ministerio.
Diseñar y ejecutar, en coordinación con la Oficina de Control Disciplinario Interno, las medidas, los programas y las estrategias de divulgación encaminadas a fortalecer una cultura organizacional hacia la prevención, la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, íntegro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y, General Disciplinario.
Construir estrategias para preservar, en el Ministerio, el conocimiento acumulado por los servidores próximos a desvincularse laboralmente de la institución.
Coordinar y articular acciones para la implementación de los sistemas de evaluación de desempeño laboral de los servidores públicos del Ministerio. Así como, la socialización, capacitación y control para el cumplimiento del proceso de evaluación, de conformidad con la normativa en esta materia.
Coordinar y apoyar, en conjunto con la Oficina Asesora de Planeación y Finanzas, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gestión que suscriban los gerentes públicos de la entidad, de acuerdo con lo previsto en la ley y los procedimientos internos.
Diseñar e implementar, en articulación con la Subdirección de Desarrollo Organizacional, el modelo de cultura organizacional para apalancar la estrategia institucional.
Definir los lineamientos en articulación con el comité de incentivos para otorgar los incentivos pecuniarios y no pecuniarios a los servidores y equipos de trabajo, de conformidad con las normas en esta materia.
Proponer y formular estrategias para impulsar la implementación de las políticas de Gestión Estratégica del Talento Humano e Integridad establecidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
Revisar, analizar y disponer, eficientemente, los documentos que conforman la historia laboral de los servidores públicos de conformidad con los lineamientos vigentes para la gestión documental al interior del Ministerio.
Adelantar las acciones correspondientes para que, la información que se incorpore en los sistemas de información del empleo público y la carrera administrativa se opere, registre, actualice y gestione de manera oportuna, veraz y confiable.
Tramitar y expedir certificaciones de tiempo de servicio, funciones, salarios, Certificaciones Electrónicas de Tiempos Laborados-CETIL, bonos pensionales y cuotas partes de servidores y exservidores del Ministerio conforme a la normativa vigente y las competencias de la entidad.
Gestionar el proceso de cobro de las prestaciones económicas ante las entidades promotoras de salud (EPS) y la administradora de riesgos laborales (ARL), derivadas de las incapacidades expedidas a los servidores públicos de la entidad.
Revisar y analizar los actos administrativos de las entidades adscritas y vinculadas relacionados con la provisión de empleos y situaciones administrativas, de competencia del Ministerio, de conformidad con la normativa vigente.
Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.