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Decreto 1953 de 2012 — Kelsen
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Decreto2012

Decreto 1953 de 2012

Ministerio del Trabajo

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1953

Año

2012

Entidad

Ministerio del Trabajo

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

8

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1953

Año

2012

Entidad

Ministerio del Trabajo

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

8

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5
  • Artículo 6
  • Artículo 7
  • Artículo 8

Artículo 1

ARTÍCULO 1°. Objeto . El presente decreto tiene por finalidad crear la Comisión Intersectorial para la Gestión del Recurso Humano, la cual tendrá a su cargo la orientación y articulación de las políticas, planes, programas y acciones necesarias para la ejecución de la Estrategia Nacional de Gestión del Recurso Humano.

Artículo 2

ARTÍCULO 2°. Objetivos de la Estrategia Nacional de Gestión de Recurso Humano. La Estrategia Nacional de Gestión de Recurso Humano tendrá los siguientes objetivos: 1. Promover la movilidad y acumulación de capital humano individual y colectivo. 2. Aportar al mejoramiento de la calidad y la pertinencia de los procesos de formación. 3. Contribuir a mejorar el acceso de la población, con énfasis en la población pobre y vulnerable, a procesos de formación que garanticen su inserción al mercado laboral. 4. Contribuir al aumento de la productividad del país.

Artículo 3

ARTÍCULO 3°. Integrantes . La Comisión Intersectorial para la Gestión del Recurso Humano estará conformada por los siguientes servidores públicos: 1. El Ministro del Trabajo, o uno de sus viceministros, como su delegado, quien la presidirá. 2. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o uno de sus viceministros, como su delegado. 3. El Ministro de Educación Nacional, o uno de sus viceministros, como su delegado, quien ejercerá la Secretaría Técnica. 4. El Director del Departamento Nacional de Planeación -DNP, o su Subdirector General, como su delegado. 5. El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE, o su Subdirector, como su delegado. 6. El Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación – Colciencias o su Subdirector General, como su delegado. 7. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, o su Subdirector, como su delegado. 8. El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA o su delegado. PARÁGRAFO. Podrán ser invitados a las sesiones de la Comisión Intersectorial para la Gestión del Recurso Humano los funcionarios y representantes de las entidades públicas o privadas, expertos y otras personas naturales o jurídicas, cuyo aporte estime pueda ser de utilidad para los fines encomendados a la misma, en virtud del presente decreto. Los invitados podrán participar con voz pero sin voto.

Artículo 4

ARTÍCULO 4°. Funciones . La Comisión Intersectorial para la Gestión del Recurso Humano tendrá las siguientes funciones: 1. Orientar y articular el desarrollo de la Estrategia Nacional de Gestión de Recurso Humano. 2. Concertar y articular las políticas, planes, programas y acciones de las entidades vinculadas o comprometidas con la Estrategia Nacional de Gestión de Recurso Humano. 3. Sugerir al Gobierno Nacional lineamientos de política para orientar la oferta de recursos humanos en el país. 4. Definir y promover mecanismos de comunicación que faciliten el flujo de información entre el sector productivo, público y privado, y el sector de formación. 5. Efectuar recomendaciones para el fortalecimiento de la pertinencia y la calidad de la educación y la formación para el trabajo y el desarrollo humano. 6. Contribuir al fortalecimiento de las entidades competentes del orden nacional, regional y local en su capacidad de gestión del recurso humano, incluyendo la gestión de la información. 7. Promover estrategias para la incorporación de competencias en la gestión del recurso humano en el sector de formación del recurso humano y el sector productivo. 8. Promover estrategias para la movilidad de la población entre distintos niveles de educación y de formación para el trabajo y el desarrollo humano y entre estos y el sector productivo público y privado. 9. Crear, modificar, ajustar o suprimir subcomisiones y equipos de trabajo al interior de la Comisión Intersectorial para la Gestión del Recurso Humano y definir sus acciones. 10. Facilitar la interacción de los sistemas y elementos necesarios para la adecuada ejecución de las políticas establecidas por la Comisión Intersectorial para la Gestión del Recurso Humano. 11 Articular con la Comisión Nacional de Competitividad los lineamientos y acciones sobre gestión del recurso humano. 12. Expedir su propio reglamento. 13. Las demás funciones que le sean propias a su naturaleza. PARÁGRAFO. La Comisión se articulará al Sistema Administrativo Nacional de Competitividad e innovación, mediante la coordinación de actividades para la implementación de la Estrategia Nacional de Recurso Humano, en concordancia con el Decreto 1500 de 2012. Para este fin, quien la presida será su representante ante las instancias de dicho Sistema.

Artículo 5

ARTÍCULO 5°. Sesiones de la Comisión. La Comisión se reunirá al menos dos veces al año de manera presencial. Se podrán realizar sesiones virtuales. El reglamento establecido por la Comisión definirá lo relativo al quórum, y los procesos de convocatoria, discusión y aprobación. Las decisiones de la Comisión serán tomadas mediante acuerdo.

Artículo 6

ARTÍCULO 6°. Comité Técnico. Créase el Comité Técnico de la Comisión, el cual será de carácter permanente y estará conformado por un Director Técnico designado por cada una de las entidades que hacen parte de la Comisión.

Artículo 7

ARTÍCULO 7°. Funciones de la Secretaría Técnica. Las funciones de la Secretaría Técnica son: 1. Elaborar las actas de las reuniones de la Comisión y presentarlas para su aprobación y firma. 2. Llevar el archivo de las actas y de la documentación relacionada con las actividades de la Comisión. 3. Elaborar los proyectos de Acuerdo de la Comisión. 4. Convocar a los integrantes de la Comisión a las reuniones. 5. Realizar seguimiento al plan de acción de la Estrategia y a las actividades de las Subcomisiones en coordinación con el Comité Técnico de Apoyo. 6. Presentar para aprobación de la Comisión los planes, productos y proyectos de acuerdo necesarios para el desarrollo e implementación de la Estrategia. 7. Elaborar y/o consolidar las agendas e informes para las reuniones. 8. Notificar, comunicar y publicar cuando sea del caso, los acuerdos expedidos por la Comisión.

Artículo 8

ARTÍCULO 8°. Vigencia y derogatorias . El presente decreto rige desde la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C., a los 19 días del mes de septiembre de 2012. RAFAEL PARDO RUEDA EL MINISTRO DEL TRABAJO, SERGIO DIAZ-GRANADOS GUIDA EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, MARÍA FERNAN CAMPO SAVEDRA LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, JORGE RAÚL BUSTAMANTE ROLDÁN EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA, JORGE ALONSO CANO RESTREPO EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48558. 19 de septiembre de 2012. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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