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Decreto 1742 de 1992 — Kelsen
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Decreto1992

Decreto 1742 de 1992

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1742

Año

1992

Entidad

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

5

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1742

Año

1992

Entidad

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

5

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5

Artículo 1

Artículo 1° AUTORETENCION EN LA FUENTE POR COMISIONES RECIBIDAS POR ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA. En el caso de las comisiones recibidas por entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, la retención en la fuente prevista en el artículo 1° del Decreto 2812 de 1991, deberá hacerse por parte del beneficiario del pago o abono en cuenta y no por quien lo efectúa. En este caso, la retención se causa en el momento del registro de la respectiva operación por parte del beneficiario del ingreso, o en el momento en que se reciba el mismo, el que ocurra primero.

Artículo 2

Artículo 2° CUANTIA EXCLUIDA DE RETENCION EN COMPRAS AGRICOLAS. A partir del 1° de noviembre de 1992 y a opción del agente retenedor, no será obligatorio efectuar retención en la fuente sobre pagos o abonos en cuenta inferiores a trescientos mil pesos ($ 300.000) moneda corriente, cuando éstos se originen en la adquisición de productos agrícolas, sin procesamiento industrial. (Valor año base 1992).

Artículo 3

Artículo 3° IMPUESTO DE TURISMO POR PASAJES DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PASAJEROS. El inciso 1° del artículo 31 del Decreto 1372 de 1992, quedará así: "De conformidad con lo consagrado en el artículo 13 del Decreto 272 de 1957, el impuesto de turismo se continuará causando sobre el valor de los pasajes de transporte internacional de pasajeros, que inicien su ruta en el país, a la tarifa del 5%".

Artículo 4

Artículo 4° FORMA Y PLAZO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO DE TURISMO POR PASAJES DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PASAJEROS. El artículo 32 del Decreto 1372 de 1992, quedará así: "Las empresas de transporte internacional de pasajeros deberán consignar en la cuenta corriente número 61010013 Gobierno Nacional Depósitos Tesorería - Moneda Nacional - Cajero', en el Banco de la República, el valor del impuesto correspondiente a la mensualidad inmediatamente anterior, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes, diligenciando el formato de declaración y consignación que para el efecto adopte la Dirección de Impuestos Nacionales. El formulario de declaración debidamente diligenciado deberá remitirse a esta entidad".

Artículo 5

Artículo 5° VIGENCIA. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 27 de octubre de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. Nota: Publicado en el Diario Oficial 40646 de Octubre 29 de 1992. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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