ARTÍCULO 4º. Funciones de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Son funciones de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras las siguientes:
1. Proponer políticas orientadas al reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural, para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
2. Velar por la integridad étnica y cultural de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y promover sus derechos fundamentales.
3. Diseñar programas de asistencia técnica, social y de apoyo a la política para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
4. Coordinar interinstitucionalmente la realización de los espacios de participación para las comunidades negras, afrocolombianas previstos por la ley, y promover la participación de las organizaciones y autoridades que los representen.
5. Apoyar al Grupo de Consulta Previa en la realización de las consultivas, los procesos de consulta para proyectos de desarrollo que afecten a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
6. Promover la resolución de los conflictos que se deriven del derecho al ejercicio de las prácticas tradicionales de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
7. Llevar el registro único nacional de los consejos comunitarios, organizaciones de base, representantes y de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
8. Planificar y ejecutar los procedimientos para la titulación colectiva de las tierras baldías a las comunidades negras, afrocolombianas, en coordinación con las dependencias del Ministerio y entidades involucradas en el tema.
9. Promover con los diferentes niveles de Gobierno, la incorporación del enfoque diferencial para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en políticas, planes, programas y proyectos especiales sectoriales.
10. Prestar asesoría a las gobernaciones y alcaldías municipales para la debida atención a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
11 Adelantar las gestiones con gobiernos y organismos internacionales que desarrollen políticas, proyectos o presten asistencia o cooperación técnica para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en coordinación con la Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional del Ministerio.
12. Promover en coordinación con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Incoder, la formulación de agendas ambientales conjuntas con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
13. Asesorar al Ministro en el ejercicio del control administrativo y de las atribuciones de suprema dirección del Sector Administrativo del Interior y de Justicia en relación con los temas a su cargo.
14. Proponer proyectos de ley o de actos legislativos o de reformas legislativas, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección del Ordenamiento Jurídico, y con la Dirección de Asuntos Políticos y Electorales en la presentación, discusión y seguimiento, en materia de su competencia.
15. Participar en las Juntas, Comisiones, Comités y Grupos Técnicos de los cuales haga parte o por delegación del Ministro o Viceministros.
16. Garantizar el sostenimiento del Sistema Institucional de Comunicación, Información y Atención.
17. Garantizar el ejercicio y sostenibilidad del sistema de desarrollo administrativo, gestión de calidad y de control interno, y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
18. Apoyar las actividades del Centro de Estudios Políticos y el Centro de Estudios Jurídicos del Ministerio en las materias de su competencia.
19. Atender las peticiones, consultas y requerimientos relacionados con asuntos de su competencia.
20. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.