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Decreto 164 de 2010 — Kelsen
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Decreto2010

Decreto 164 de 2010

Ministerio del Interior y de Justicia

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

164

Año

2010

Entidad

Ministerio del Interior y de Justicia

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

10

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

164

Año

2010

Entidad

Ministerio del Interior y de Justicia

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

10

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5
  • Artículo 6
  • Artículo 7
  • Artículo 8
  • Artículo 9
  • Artículo 10

Artículo 1

Artículo 1°. Objeto. Crear la Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", cuyo propósito es aunar esfuerzos para la articulación, coordinación y cooperación entre las entidades, a fin de lograr la atención integral, diferenciada, accesible y de calidad a las mujeres víctimas de la violencia, para lo cual determinará las pautas de su funcionamiento.

Artículo 2

Artículo 2°. Integración . La Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" estará conformada por: 1) El Ministro(a) del Interior y de Justicia o su delegado(a), 2) El Ministro(a) de Relaciones Exteriores o su delegado(a), 3) El Ministro(a) de Defensa Nacional o su delegado(a), 4) El Ministro(a) de la Protección Social o su delegado(a), 5) El Ministro(a) de Educación Nacional o su delegado(a), 6) El Ministro(a) de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado(a), 7) El Ministro(a) de Cultura o su delegado(a), 8) El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República quien podrá delegar en la Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer, 9) El Director(a) del Departamento Nacional de Planeación (DNP) o su delegado(a), 10) El Director(a) de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional o su delegado(a), entidad adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, 11) El Director (a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF– o su delegado(a), entidad adscrita al Ministerio de la Protección Social.

Parágrafo 1

Parágrafo 1 °. Invitados Ocasionales . La "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" podrá’ invitar a entidades, organizaciones o personas que considere pertinentes para el desarrollo de sus funciones, según lo establecido por el quórum decisorio.

Parágrafo 2

Parágrafo 2 °. Invitados Permanentes . Teniendo en cuenta la estructura de la Fuerza Pública, se prevé como invitados permanentes, un representante del Comando General de las Fuerzas Militares y de la Dirección General de la Policía Nacional, como instituciones que hacen parte del Ministerio de Defensa Nacional. De igual forma, podrán participar como invitados permanentes delegados de las otras entidades que integran la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", que se estimen pertinentes según lo establecido por el quórum decisorio.

Parágrafo 3

Parágrafo 3 °. Todos los invitados tanto ocasionales como permanentes tendrán voz pero no voto.

Artículo 3

Artículo 3°. Funciones . La "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" tendrá las siguientes funciones: a) Servir como instancia de coordinación y articulación interinstitucional para coadyuvar a la erradicación de la violencia contra las mujeres en las diferentes etapas del ciclo vital. b) Revisar y aprobar el Plan de Acción Plurianual consolidado por la Secretaría Técnica. c) Impulsar y apoyar el desarrollo de las actividades que se programen durante el año 2010 para conmemorar el Año Interamericano de las Mujeres. d) Aprobar el protocolo de coordinación interinstitucional propuesto por la Secretaría Técnica, para su difusión e implementación. e) Promover la difusión de la normatividad nacional y demás normas e instrumentos internacionales sobre la violencia contra la mujer. f) Dar lineamientos para la reglamentación de la normatividad nacional dirigida a combatir la violencia contra la mujer. g) Proponer, ajustar o reformular a partir de estándares internacionales, los indicadores sobre la violencia contra la mujer, que manejen las entidades que integran la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", si los tuvieren. h) Dar lineamientos y recomendaciones con respecto a las campañas de sensibilización y capacitación, llevadas a cabo por las diferentes entidades o competencia en el tema. i) Promover la inclusión de la perspectiva de género en los planes de desarrollo departamentales y municipales, adoptando dentro de los mismos un capítulo de prevención y atención para las mujeres víctimas de la violencia en las diferentes etapas del ciclo vital que incluya todos los enfoques diferenciales. j) Promover la conformación de espacios o "Mesas Departamentales para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", o el fortalecimiento de las instancias existentes alrededor del tema. k) Promover un sistema de registro unificado de casos de Violencia contra la Mujer. 1) Adoptar las decisiones de acuerdo al quórum establecido. m) Elegir a la Secretaría Técnica. n) Revisar y aprobar los informes consolidados por la Secretaría Técnica, requeridos por el Congreso de la República, el Gobierno Nacional u otras entidades. o) Promover acuerdos de colaboración con otras instancias que promueven el adelanto de la mujer y la igualdad de género tales como: la Comisión Accidental de Mujeres en el Congreso o la que haga sus veces; la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial; el Comité de Seguimiento a la Ley 1257 de 2008; el Comité Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas; el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada (SNAIPD); la Mesa de Género lntergremial, entre otras. p) Dictar su reglamento interno. q) Desarrollar todas las demás actividades que considere pertinentes y que se inherentes a su naturaleza.

Artículo 4

Artículo 4°. Compromisos generales de las entidades. Las entidades que forman parte de la Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" se comprometen a: a) Delegar un representante permanente de alto nivel, con capacidad de decisión y que pueda realizar un seguimiento a los compromisos adquiridos por la entidad en las deliberaciones. b) Proporcionar en forma oportuna la información requerida, acorde con sus competencias y funciones. c) Identificar herramientas, instancias e instrumentos para la articulación y coordinación con las entidades en el ámbito territorial que tengan a su cargo, ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del Estado Colombiano, con el fin de dar cumplimiento a las decisiones adoptadas por la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres".

Artículo 5

Artículo 5°. Secretaría Técnica . La Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" contará con el liderazgo, apoyo y soporte técnico de una Secretaría Técnica, que será rotativa y estará conformada por una de las entidades que integran la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres". Parágrafo. A partir de la entrada en vigencia del presente decreto y durante el primer año, la Secretaría Técnica estará a cargo de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.

Artículo 6

Artículo 6°. Funciones de la Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica cumplirá las siguientes funciones: a) Dirigir y liderar las reuniones y deliberaciones de la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"; b) Realizar las convocatorias y coordinar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"; c) Preparar, recopilar y presentar a la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" la información y documentación que será sometida a su consideración, como orden del día; d) Elaborar las actas de las reuniones y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos; e) Impulsar la ejecución de las decisiones que adopte la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"; f) Consolidar en coordinación con el Observatorio de Asuntos de Género (OAG) a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a través de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, los informes requeridos en relación con los temas de violencia contra la mujer, y someterlos a revisión y aprobación de la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"; g) Consolidar el proyecto de cronograma anual de trabajo y plan de acción para aprobación de la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"; h) Presentar el informe anual de la implementación y diseño del Plan de Acción; i) Proponer el orden de atención de la asistencia técnica que se brinde a las entidades territoriales en colaboración con las mesas temáticas que se definan por la mesa. j) Elaborar y mantener actualizado un inventario de la oferta de servicios Institucionales existentes a nivel nacional que coadyuven a erradicar la violencia contra la mujer; k) Las demás funciones que sean propias de su carácter de apoyo y soporte técnico o que le sean asignadas por la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", y que esté en el ámbito de las competencias de la entidad que la represente.

Artículo 7

Artículo 7°. Sesiones . La "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" tendrá carácter permanente y deberá reunirse de forma ordinaria bimestralmente , con participación de las entidades integrantes, y podrá reunirse extraordinariamente cuando sus miembros lo consideren pertinente, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica.

Artículo 8

Artículo 8°. Quórum decisorio . La "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" deliberará con la asistencia comprobada de la mitad más uno de sus miembros y tomará decisiones con el mismo quórum.

Artículo 9

Artículo 9°. Domicilio . La "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" sesionará en la ciudad de Bogotá, D. C., pero podrá celebrar reuniones en cualquier lugar del país, cuando así lo dispongan sus miembros para el cumplimiento de sus funciones y tareas y previa acta de reunión en que se apruebe el desplazamiento.

Artículo 10

Artículo 10. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., 25 de enero de 2010. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio. El Ministro de Relaciones Exteriores, Jaime Bermúdez Merizalde. El Ministro de Defensa Nacional, Gabriel Silva Luján. El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt. La Ministra de Educación Nacional, Cecilia María Vélez White. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, María del Rosario Guerra de Mesa. La Viceministra de Cultura, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Cultura, María Claudia López Sorzano. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Bernardo Moreno Villegas. El Director Nacional de Planeación, Esteban Piedrahíta Uribe. NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.603 de enero 25 de 2010. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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