Artículo 2°. Integración . La Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" estará conformada por:
1) El Ministro(a) del Interior y de Justicia o su delegado(a),
2) El Ministro(a) de Relaciones Exteriores o su delegado(a),
3) El Ministro(a) de Defensa Nacional o su delegado(a),
4) El Ministro(a) de la Protección Social o su delegado(a),
5) El Ministro(a) de Educación Nacional o su delegado(a),
6) El Ministro(a) de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado(a),
7) El Ministro(a) de Cultura o su delegado(a),
8) El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República quien podrá delegar en la Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer,
9) El Director(a) del Departamento Nacional de Planeación (DNP) o su delegado(a),
10) El Director(a) de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional o su delegado(a), entidad adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
11) El Director (a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF– o su delegado(a), entidad adscrita al Ministerio de la Protección Social.
Parágrafo 1
Parágrafo 1 °. Invitados Ocasionales . La "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" podrá’ invitar a entidades, organizaciones o personas que considere pertinentes para el desarrollo de sus funciones, según lo establecido por el quórum decisorio.
Parágrafo 2
Parágrafo 2 °. Invitados Permanentes . Teniendo en cuenta la estructura de la Fuerza Pública, se prevé como invitados permanentes, un representante del Comando General de las Fuerzas Militares y de la Dirección General de la Policía Nacional, como instituciones que hacen parte del Ministerio de Defensa Nacional. De igual forma, podrán participar como invitados permanentes delegados de las otras entidades que integran la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", que se estimen pertinentes según lo establecido por el quórum decisorio.
Parágrafo 3
Parágrafo 3 °. Todos los invitados tanto ocasionales como permanentes tendrán voz pero no voto.