ARTÍCULO 2. Integración. La Comisión
de Seguimiento a los acuerdos del paro cívico de Buenaventura para vivir con
dignidad y en paz en el territorio, estará conformada por los siguientes
miembros:
1.
El Ministro del Interior o su delegado, quien será el coordinador.
2.
El Ministro de Salud y Protección Social, o su delegado.
3.
El Ministro de Educación Nacional, o su delegado.
4.
El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o su delegado.
5.
El Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio o su delegado.
6.
El Alto Consejero Presidencial para las Regiones, o su delegado.
7.
El Gerente del Plan Todos Somos PaZcífico, o su delegado.
8.
El Gobernador del departamento del Valle del Cauca, o su delegado.
9.
El Alcalde Distrital de Buenaventura, o su delegado.
10.
Un (1) delegado del Comité Ejecutivo del Paro Cívico de Buenaventura para vivir
con dignidad y en paz en el territorio.
Parágrafo 1
PARÁGRAFO 1. Los delegados deben
asistir con poder decisorio.
Parágrafo 2
PARÁGRAFO 2. En la conformación
de la Comisión se garantizará la participación de la mujer, comunidades negras
e indígenas.
Parágrafo 3
PARÁGRAFO 3. El Ministro del Interior,
como coordinador de la comisión, convocará y conformará equipos de trabajo integrados
por las entidades que participaron en la construcción de los acuerdos y
aquellas que tengan competencia para la materialización de los compromisos, previo
conocimiento del comité ejecutivo del paro cívico.
Parágrafo 4
PARÁGRAFO 4. Podrá convocarse,
adicionalmente, a los representantes de las entidades públicas y privadas que
estimen conveniente las partes de conformidad con las temáticas a tratar.
Parágrafo 5
PARÁGRAFO 5. El Ministro del Interior
o el Comité Ejecutivo del Paro Cívico de Buenaventura podrán convocar a
personas que considere necesarias para tratar temas específicos, quienes
asistirán con voz pero sin voto.