Artículo 1 ° De conformidad con lo previsto en la ley 23 de 1982 sobre Derechos de Autor, el soporte lógico (software) se considera como una creación propia del dominio literario.
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Ministerio de Gobierno
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
1360
Año
1989
Entidad
Ministerio de Gobierno
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
8
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
1360
Año
1989
Entidad
Ministerio de Gobierno
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
8
Artículo 1 ° De conformidad con lo previsto en la ley 23 de 1982 sobre Derechos de Autor, el soporte lógico (software) se considera como una creación propia del dominio literario.
Artículo 2 ° El soporte lógico (software) comprende uno o varios de los siguientes elementos: el programa de computador, la descripción de programa y el material auxiliar.
Artículo 3 ° Para los efectos del artículo anterior se entiende por: a) "Programa de computador": La expresión de un conjunto organizado de instrucciones, en lenguaje natural o codificado, independientemente del medio en que se encuentre almacenado, cuyo fin es el de hacer que una máquina capaz de procesar información, indique, realice u obtenga una función, una tarea o un resultado específico. b) "Descripción de Programa: Una presentación completa de procedimientos en forma idónea, lo suficientemente detallada para determinar un conjunto de instrucciones que constituya el programa de computador correspondiente. c) "Material auxiliar": Todo material, distinto de un programa de computador o de una descripción de programa, creado para facilitar su comprensión o aplicación, como por ejemplo, descripción de problemas e instrucciones para el usuario.
Artículo 4 ° El soporte lógico (software), será considerado como obra inédita, salvo manifestación en contrario hecha por el titular de los derechos de autor.
Artículo 5 ° Para la inscripción del soporte lógico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor, deberá diligenciarse una solicitud por escrito que contenga la siguiente información: 1. Nombre, identificación y domicilio del solicitante, debiendo manifestar si habla a nombre propio o como representante de otra en cuyo caso deberá acompañar la prueba de su representación. 2. Nombre e identificación del autor o autores. 3. Nombre del productor. 4. Título de la obra, año de creación, país de origen, breve descripción de sus funciones, y en general, cualquier otra característica que permita diferenciarla de otra obra de su misma naturaleza. 5. Declaración acerca de si se trata de obra original o si por el contrario, es obra derivada. 6. Declaración acerca de si la obra es individual, en colaboración, colectiva, anónima, seudónima o póstuma.
Artículo 6 ° A la solicitud de que trata el artículo anterior, deberá acompañarse por lo menos uno de los siguientes elementos: el programa de computador, la descripción de programa y/o el material auxiliar.
Artículo 7 ° La protección que otorga el derecho de autor al soporte lógico (software), no excluye otras formas de protección por el derecho común.
Artículo 8 ° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D.E., a los 23 de junio de 1989. VIRGILIO BARCO El Ministro de Gobierno, RAÚL OREJUELA BUENO. NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 38.871 de Junio 23 de 1989. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso