ARTÍCULO 1. Adicionar. Adiciónese al Título 24 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, el siguiente artículo:
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Suin
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
1322
Año
2024
Entidad
Suin
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
2
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
1322
Año
2024
Entidad
Suin
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
2
ARTÍCULO 1. Adicionar. Adiciónese al Título 24 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, el siguiente artículo:
ARTÍCULO 2.14.24.3 . Proyectos productivos sostenibles para la participación en la Reforma Agraria. La Agencia Nacional de Tierras - ANT - planeará, formulará, estructurará, cofinanciará y ejecutará proyectos para promover la participación de las organizaciones, pequeños productores, pequeñas empresas y otras formas asociativas campesinas en el proceso integral de la Reforma Agraria y Reforma Rural Integral para lograr su fortalecimiento; habilitarlos para recibir los servicios de apoyo al desarrollo rural que ofrecen otras entidades; apoyar y coordinar el mejoramiento económico, social y cultural de la población campesina y de la producción de alimentos; asistir el cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad en: 1 ). La tierra del Fondo Nacional de Tierras, producto de compra directa, de la donación y de la gestión de procesos agrarios, y 2 ). Dentro de las figuras de territorialidades campesinas: Zonas de Reserva Campesina, los Territorios Campesinos Agroalimentarios, Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios y otras territorialidades que se reglamenten. Estos proyectos se implementarán con los campesinos beneficiarios de los programas de adquisición y redistribución de tierras, y asignación o reconocimiento de derechos, al comenzar dichos programas, y apoyarán las formas campesinas asociativas de producción. La actuación de la Agencia de Desarrollo Rural - ADR - en los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural y proyectos de desarrollo agropecuario, entre otros, podrán ser concomitantes con las gestiones que adelante la ANT en los proyectos productivos sostenibles para la participación en la Reforma Agraria y la Reforma Rural Integral. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente el Título 24 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de noviembre de 2024 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, (FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL MARTHA VIVIANA CARVAJALlNO VILLEGAS Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso