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Decreto 1309 de 2022 — Kelsen
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Decreto2022

Decreto 1309 de 2022

Suin

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1309

Año

2022

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

4

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1309

Año

2022

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

4

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4

Artículo 1

ARTÍCULO 1. Adiciónese en el artículo 26 del Decreto 1784 de 2019, las siguientes funciones en el Despacho del Director del Departamento, así: “14 A. Conocer la segunda instancia de la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios de la entidad, de conformidad con las funciones y competencias establecidas en el Código General Disciplinario.” 14 B. Conocer de los recursos de apelación y de queja, al igual que de los impedimentos, recusaciones y conflictos de competencia que se presenten, en etapa de juzgamiento, en los procesos de conocimiento de la Secretaria Jurídica.

Artículo 2

ARTÍCULO 2. Adiciónese en el artículo 27 del Decreto 1784 de 2019, las siguientes funciones en la Secretaría Jurídica, así: “18 A. Conocer la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios de la entidad, conforme al Código General Disciplinario. 18 B. Velar porque los procesos disciplinarios se desarrollen dentro de los principios legales de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso. 18 C. Poner en conocimiento de los organismos de vigilancia y control, la comisión de hechos presuntamente irregulares que surjan del proceso disciplinario. 18 D. Trasladar oportunamente el expediente al Despacho del Director del Departamento, para el trámite de segunda instancia, cuando se hayan interpuesto los recursos de apelación o de queja. 18 E. Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes, cuando así lo requieran, sin perjuicio de la reserva legal.”

Artículo 3

ARTÍCULO 3. Modifíquese el artículo 41 del Decreto 1784 de 2019, el cual quedará así: “ ARTÍCULO 41. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario, las siguientes. Proponer al Director del Departamento las medidas de prevención, los programas y las estrategias de divulgación orientados a la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con el Código de Integridad. Conocer, sustanciar e instruir de oficio, por denuncia, queja o informe de servidor público, los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de servidores y ex-servidores de la entidad, de conformidad con el Código General Disciplinario, hasta la notificación del pliego de cargos o de la decisión de archivo. Informar a la Procuraduría General de la Nación, la apertura de las investigaciones disciplinarias, para lo de su competencia, teniendo en cuenta las normas que rigen la materia. Notificar y comunicar las decisiones que se adopten en la etapa de instrucción, especialmente informar que, notificado el pliego de cargos, el proceso continuará en otra dependencia, con base en las funciones y competencias de la entidad y el régimen disciplinario vigente. Remitir a la Secretaria Jurídica, los procesos disciplinarios en los que se dicte pliego de cargos, debidamente notificados, de acuerdo con la normatividad vigente. Mantener, custodiar y actualizar los archivos y registros de los procesos disciplinarios, en concordancia con la gestión de la información de la entidad. Presentar informes de sus actuaciones a los organismos de control, cuando sean requeridos, con base en los procesos institucionales. Diseñar y ejecutar en coordinación con el Área de Talento Humano, las medidas de prevención, los programas y las estrategias de divulgación orientados a la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con el Código de Integridad. Velar porque los procesos se desarrollen dentro de los principios legales de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso. Aplicar métodos y procedimientos de control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gestión y operación de la dependencia a su cargo. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. Las demás que le asigne la ley o que correspondan con la naturaleza de la dependencia.”

Artículo 4

ARTÍCULO 4. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los artículos 26, 27 y 41 del Decreto 1784 de 2019. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 26 días de julio de 2022 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA (FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA VÍCTOR MANUEL MUÑOZ RODRÍGUEZ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, NERIO JOSÉ ALVIS BARRANCO Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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