ARTÍCULO 1º . Modificado por el Artículo 1º del Decreto 1263 de 1994. Créase la Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y zonas aledañas, Corpopaeces, el cual tendrá por objeto adelantar proyectos y programas para la atención de las necesidades básicas de los habitantes de los municipios y la reconstrucción y rehabilitación de la zona afectada por la calamidad pública a que se refiere el Decreto 1178 de 1994. Dicha Corporación funcionará como establecimiento público del orden nacional dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, tendrá domicilio en la ciudad de Santafé de Bogotá y estará adscrita al Ministerio de Gobierno.