ARTÍCULO 1. Crear la Comisión Intersectorial para el desarrollo y producción de tecnologías estratégicas en salud - CIDPTES.
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Suin
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
1099
Año
2022
Entidad
Suin
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
10
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
1099
Año
2022
Entidad
Suin
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
10
ARTÍCULO 1. Crear la Comisión Intersectorial para el desarrollo y producción de tecnologías estratégicas en salud - CIDPTES.
ARTÍCULO 2. Objeto. La Comisión Intersectorial para el desarrollo y producción de tecnologías estratégicas en salud - CIDPTES - tendrá como objeto la coordinación y orientación superior de la política pública relacionada con la producción de tecnologías estratégicas para la salud pública del país.
ARTÍCULO 3. Integración . La Comisión estará conformada por los siguientes miembros: 3.1. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado; 3.2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado; 3.3. El Ministro de Salud y Protección Social, o su delegado, quién la presidirá; 3.4. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado; 3.5. El Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, o su delegado; 3.6. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, o su delegado; 3.7. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado;
Parágrafo 1
PARÁGRAFO 1. Serán invitados permanentes a las sesiones de la Comisión con voz, pero sin voto: el director del Instituto Nacional de Salud - INS, o su delegado y el director del Instituto de Evaluación de Tecnológica en Salud - IETS, o su delegado.
Parágrafo 2
PARÁGRAFO 2. También podrán ser invitados a las reuniones de la Comisión, con derecho a voz, pero sin voto los representantes de otras entidades públicas o privadas, organismos y agremiaciones del sector privado nacional e internacional, universidades públicas y privadas, asesores, expertos y demás personas naturales o jurídicas, según estime conveniente la Comisión, la cual podrá solicítarles la elaboración y presentación de informes y conceptos, según se requiera.
ARTÍCULO 4. Sesiones. La Comisión sesionará ordinariamente dos (2) veces al año de manera presencial o virtual, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica de la Comisión. La Comisión podrá sesionar con carácter extraordinario cuando se requiera tratar temas que por su importancia no puedan ser atendidos en las fechas de las sesiones ordinarias, por convocatoria de su presidente, o por solicitud de al menos tres (3) de sus miembros, a la Secretaría Técnica de la Comisión.
ARTÍCULO 5. Decisiones. Las decisiones de la Comisión serán tomadas por consenso entre sus miembros y de no ser posible, por mayoría de la mitad más uno de sus miembros.
ARTÍCULO 6. Funciones. La Comisión tendrá las siguientes funciones: 6.1. Definir el plan estratégico y los planes anuales de trabajo de los proyectos para la producción local de tecnologías en salud que se presenten a la comisión. 6.2. Evaluar las iniciativas relacionadas con la producción de tecnologías en salud, de conformidad con el plan estratégico y los planes anuales, mediante conceptos emitidos por los miembros de la comisión. 6.3. Recomendar al Gobierno Nacional acerca de la conveniencia y necesidad de las iniciativas relacionadas con la producción de tecnologías en salud, de conformidad con el plan estratégico y los planes anuales, atendiendo los conceptos emitidos por los miembros de la Comisión. 6.4. Realizar el seguimiento al plan estratégico y a los planes anuales de trabajo mediante la elaboración de informes trimestrales. 6.5. Expedir su propio reglamento. 6.6. Las demás que le correspondan por su naturaleza y tendientes a cumplir el objeto para el cual es creada.
ARTÍCULO 7. Secretaría técnica. La Comisión Intersectorial para el Desarrollo y Producción de Tecnologías Estratégicas en Salud - CIDPTES - contará con una secretaría técnica ejercida por la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social.
ARTÍCULO 8. Funciones de la Secretaría técnica . La secretaría técnica de la comisión tendrá las siguientes funciones específicas: 8.1. Convocar a las sesiones de la Comisión. 8.2. Coordinar las actividades de apoyo necesarias para adelantar las sesiones de la comisión. 8.3. Recibir y dar trámite a las iniciativas y propuestas presentadas a la Comisión, por los integrantes de la instancia, los invitados y los terceros interesados. 8.4. Servir de enlace y brindar apoyo técnico, administrativo y operativo para la coordinación de las entidades que integran la Comisión. 8.5. Elaborar, gestionar, archivar y custodiar las actas de las sesiones. 8.6. Las demás que le sean asignadas por la Comisión en el reglamento.
ARTÍCULO 9. Grupos de trabajo. La Comisión podrá establecer grupos de trabajo cuando así lo estime necesario, para realizar análisis técnicos, jurídicos, de políticas y demás aspectos pertinentes sobre temas específicos que determine la Comisión. Estos grupos de trabajo podrán reunirse de manera presencial o virtual y podrán solicitar los informes a los que haya lugar, a través de la Secretaría Técnica.
ARTÍCULO 10. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de Junio de 2022 LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES MARTHA LUCÍA RAMÍREZ BLANCO EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL FERNANDO RUÍZ GÓMEZ LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO MARÍA XIMENA LOMBANA VILLALBA EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TITO JOSÉ CRISSIEN BORRERO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA VÍCTOR MANUEL MUÑOZ RODRÍGUEZ LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN ALEJANDRA BOTERO BARCO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA NERIO JOSÉ ALVIS BARRANCO Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso