Artículo 5°. Definiciones . Para una correcta aplicación e interpretación de este decreto, se establecen las siguientes definiciones:
Aficionado al fútbol: Persona que pertenece a la afición de un club deportivo o al fútbol como deporte y lo sigue con pasión y entusiasmo.
Es aquella persona que apoye o se asocie a cualquier organismo del deporte del fútbol o entidad de práctica deportiva de fútbol y acompañe su práctica.
Barras organizadas: Se considera barra organizada, para los efectos de este decreto, el grupo de aficionados que se organice bajo cualquiera de las modalidades legales vigentes, con el fin de apoyar el deporte del fútbol. Cualquiera fuere el modelo de organización, la barra organizada debe contar con un representante legal acreditado.
Barras populares: Se entiende por barras populares aquellos grupos de aficionados que se ubican en tribunas reconocidas como tales e instauran en las ciudades relaciones tendientes a fomentar las manifestaciones populares y culturales específicas, tales como festejos y carnavales, entre otras.
Barrismo social: El barrismo social son acciones encaminadas a redimensionar las formas de expresión y las prácticas de los integrantes de las barras de fútbol que inciden negativamente en los ámbitos individual, comunitario y colectivo, y de potenciar los aspectos positivos que de la esencia del barrismo deben rescatarse. Esta propuesta se fundamenta en procesos formativos tales como el diálogo de saberes, que recogen valores sociales, normas, creencias, ideales y sentimientos, y le permiten a los barristas resignificar la realidad que los sumerge en su pasión por el mundo del fútbol, y a asumir así su identidad como sujetos sociales y participativos.
Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol: La Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, es un organismo asesor del Gobierno Nacional en la implementación de políticas, planes y programas, así como en la ejecución de estrategias dirigidas a mantener la seguridad, comodidad y convivencia en la organización y práctica de este espectáculo deportivo.
Comisión Técnica para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol: Es un Grupo Técnico de Apoyo para la Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol conformado por un delegado de cada una de las entidades que la integran, que tiene como fin actuar como instancia asesora permanente de la mencionada comisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° del Decreto 1267 de 2009.
Principio de enfoque diferencial: Reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad, el cual facilita la planeación, atención y apropiación orientada a diferentes sujetos y colectivos, a partir de sus características y necesidades propias.
Organizador: Se entiende por tal a los dirigentes, entre ellos los clubes profesionales o aficionados, empresarios, empleados o dependientes de las entidades que tengan bajo su cargo la organización, promoción y control de cualquier tipo de espectáculo de fútbol.
Pilares del barrismo social: Los pilares para trabajar una política pública de barrismo social en Colombia son los siguientes: Educativo, cultural, económico, participativo, social, deportivo-recreativo y ambiental.
CAPÍTULO IV
De los derechos de los aficionados