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Sentencia CE — 11001-03-24-000-2021-00208-00
Consejo de Estado
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CONSEJO DE ESTADO 11001-03-24-000-2021-00208-00 SENTENCIA SUSTENTO NORMATIVO : CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991 - ARTÍCULO 13, 69 / LEY 30 DE 1992 - ARTÍCULO 28, 62, 65 LITERALES D Y E, 66 NORMA DEMANDADA : 1 - OTRAS ENTIDADES. ACUERDO MUNICIPAL 075 DEL 1 DE JANUARY DE 1994 1994 ARTÍCULO: 30 INCISO: LITERAL: NUMERAL: 4 PARÁGRAFO: ORDINAL: / 2 - OTRAS ENTIDADES. ACUERDO MUNICIPAL 015 DEL 14 DE APRIL DE 2004 2004 ARTÍCULO: 3 INCISO: 2 LITERAL: NUMERAL: PARÁGRAFO: ORDINAL: / 5 - OTRAS ENTIDADES. ACUERDO MUNICIPAL 031 DEL 18 DE AUGUST DE 2004 2004 ARTÍCULO: 7 INCISO: 2 LITERAL: NUMERAL: PARÁGRAFO: ORDINAL: FECHA : 31/03/2022 SECCION : SECCION QUINTA PONENTE : CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO ACTOR : JULIAN VANEGAS TORRES DEMANDADO : UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA DECISION : TEMA : ELECCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD / LÍMITES A LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA / CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA / NORMA SIN VIGENCIA / REGLAS DE COMPARACIÓN / COMUNIDAD EDUCATIVA / INEXISTENCIA DE LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD / NEGACIÓN DE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA Problema jurídico: Corresponde a la Sala determinar si hay lugar a declarar la nulidad del numeral 4 del artículo 30 del Acuerdo 075 de 1994 modificado por el artículo 4 del Acuerdo 015 de 2004; de los incisos 2 y 3 del artículo 3, de los artículos 4 y 5 y del parágrafo del artículo 6 del Acuerdo 015 de 2004; y del inciso 2 del artículo 7 del Acuerdo 031 de 2004, todos proferidos por el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana a través de los cuales se establece la forma en que se elige el rector de ese ente universitario. Para el efecto se debe establecer si dichas disposiciones vulneran los artículos 1, 3, 4 y 13 de la Carta Política, concretamente si se desconocen el derecho a la igualdad y los principios democráticos y de soberanía popular. Respuesta al problema jurídico: Si [E]l actor solicitó que se declare la nulidad del numeral 4 del artículo 30 del Acuerdo 075 de 1994; de los incisos 2 y 3 del artículo 3, de los artículos 4 y 5 y del parágrafo del artículo 6 del Acuerdo 015 de 2004; y del inciso 2 del artículo 7 del Acuerdo 031 de 2004, todos proferidos por el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana a través de los cuales se establece la forma en que se elige el rector de ese ente universitario. (…). [E]s claro que las instituciones universitarias en el marco de su autonomía pueden darse sus propios estatutos y a través de ellos establecer la forma en que designarán a sus autoridades académicas y administrativas, que es el punto que precisamente cuestiona el demandante en el caso bajo estudio. No obstante, el máximo Tribunal Constitucional ha sido claro al establecer que el ejercicio de la autonomía universitaria no es absoluto y debe compadecerse con los principios de la Carta Política y en general del Estado Social de Derecho, dentro de los cuales se encuentran el de igualdad, el democrático y el de soberanía que invoca como desconocidos el actor. (…). [C]on base en u
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Sentencia del Consejo de Estado
Número
11001-03-24-000-2021-00208-00
Año
2022
Entidad
Consejo de Estado
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Sentencia del Consejo de Estado
Número
11001-03-24-000-2021-00208-00
Año
2022
Entidad
Consejo de Estado
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho