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Sentencia STC1251-2026 — Kelsen
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Sentencia2026

Sentencia STC1251-2026

CSJ Sala Civil STC1251 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

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HILDA GONZÁLEZ NEIRA Magistrada Ponente STC1251-2026 Radicación n.º 05001-22-10-000-2025-00453-01 (Aprobado en sesión de once de febrero de dos mil veintiséis) Bogotá D. C., once (11) de febrero de dos mil veintiséis (2026). Se desata la impugnación del fallo proferido el 25 de noviembre de 2025 por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín, en la tutela de Claudia Stella Villalba Padilla contra el Juzgado Primero de Familia de Caldas - Antioquia, extensiva a los demás intervinientes en el consecutivo 2025-00011. ANTECEDENTES 1.- La libelista, en nombre propio, invocó la guarda de los derechos al «debido proceso, igualdad procesal, igualdad de armas, legalidad y confianza legítima», para que se dejen sin efectos los autos de 11 de septiembre y 23 de octubre de 2025 y, en consecuencia, se ordene al estrado convocado que tenga por extemporáneos «la solicitud y aporte de pruebas realizados el 26 Radicación n.º 05001-22-10-000-2025-00453-01 2 de agosto de 2025»; y que «dicte una sentencia de carácter extra y ultra petita, siempre y cuando sea procedente». Del dossier se extrae que la gestora contestó la demanda de divorcio promovida en su contra por Marco Aurelio Arévalo Duarte (rad. 2025-00011), cuya copia remitió a su contendiente a los correos raiback1983@gmail.com - silvari79@hotmail.com, en cumplimiento del artículo 9° de la Ley 2213 de 2022. El Juzgado Primero de Familia de Caldas «admitió la contestación de la demanda y ordenó correr el traslado de las excepciones de mérito propuestas» (14 ag. 2025), por lo que aquel replicó dicho escrito «aportando y solicitando nuevas pruebas». (26 ag.) Luego, el iudex negó la petición de la actora encaminada a que se «tuviera por extemporáneas las pruebas aportadas y solicitadas por [Marco Aurelio], pues el traslado de las excepciones de mérito se había vencido desde el 21 de junio de la presente anualidad, teniendo en cuenta que el traslado automático se había realizado primero que el traslado por auto» (11 sep.), y mantuvo esa determinación en proveído del pasado 23 de octubre de 2025. 2.- El Juzgado Primero de Familia de Caldas narró lo surtido en el pleito cuestionado, aportó el enlace, defendió la legalidad de su proceder y destacó que «[e]l 14 de agosto de 2025, admitió la respuesta a la demanda; además, otorgó al demandante el traslado de las excepciones de mérito, ello, durante un periodo de cinco (5) días. La decisión fue notificada en estado el 19 de agosto de 2025, y durante el periodo de ejecutoria, no se presentó ningún recurso», por lo Radicación n.º 05001-22-10-000-2025-00453-01 3 que, «no puede, a través de tutela, dejar sin efecto una decisión que adquirió la condición de ejecutoria». Agregó que «[l]a parte demandante, al descorrer el traslado de las excepciones de mérito, pidió como pruebas: i) testimonios de Dorian Vásquez Estrada, Carlos Alberto Ramírez Velásquez, Jaime Alberto Castrillón Ángel, Silvia Yanet Vásquez Estrada y Alejandra Buitrago Cano; ii) capturas de chat de mensajería instantánea, medida de protección de la demandante frente a la demandada, acta entrega de inmueble, historia clínica», cuya admisibilidad «no ha sido objeto de pronunciamiento». La Personería Municipal de esa sede pidió que se adoptara «la decisión que en derecho corresponda, velando por la protección efectiva de los derechos fundamentales invocados y, de manera prioritaria, por el interés superior de las menores involucradas en el proceso de divorcio». Marco Aurelio Arévalo Duarte se opuso al amparo por inexistencia de vulneración de las prerrogativas invocadas. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA E IMPUGNACIÓN 1.- La Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín denegó el resguardo, al advertir que no se satisfizo el presupuesto de subsidiariedad, en tanto, «la accionante, pudiendo hacerlo y pese a contar con la asistencia de su apoderada judicial, no acudió a los medios defensivos eficaces que tenía a su alcance (recurso de reposición), para fustigar, con eficacia, el interl

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Sentencia

Número

STC1251-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Sentencia

Número

STC1251-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela