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CSJ Sala Laboral SL169 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 54 Radicación n.o 11001-31-05-031-2021-00269-01 VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente SL169-2026 Radicación n.° 11001-31-05-031-2021-00269-01 Acta 03 Bogotá, D. C., cuatro (04) de febrero de dos mil veintiséis (2026) La Corte decide el recurso extraordinario de casación que NICOLÁS SANTIAGO NAVARRO MESTRE interpuso contra la sentencia que profirió la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 29 de febrero de 2024, en el proceso que promueve contra la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍA PROTECCIÓN SA, trámite al que se vinculó a la NACIÓN, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Reconózcase personería adjetiva al doctor Francisco José Cortés Mateus, para actuar en representación de Protección SA en los términos y para los fines del poder conferido, visible en el Ecosistema Digital Acciones Virtuales. I. ANTECEDENTES Nicolás Santiago Navarro Mestre pidió que se declare que la AFP Davivir, hoy Protección SA, incumplió el deber de información en los términos y condiciones establecidos en la ley, para la fecha en que efectuó su afiliación y traslado de régimen, y que es responsable por los perjuicios « materiales e inmateriales » derivados de esa omisión. Reclamó el pago del lucro cesante consolidado y futuro « que surge de la diferencia de la mesada pensional reconocida por el RAIS y la que le habría podido ser reconocida en el RPM ». Que, de no acceder al segundo rubro -lucro cesante futuro-, se ordene la reliquidación de la pensión reconocida por Protección SA, tal como le habría sido otorgada en el RSPMPD; además, le confieran los perjuicios morales, la «pérdida de oportunidad» , los intereses legales sobre la indemnización de perjuicios, la indexación, lo que resulte probado extra o ultra petita y las costas procesales. Fundamentó sus peticiones en que inició aportes a pensión como afiliado al Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida, en donde cotizó 446,29 semanas; y en septiembre de 1994 se trasladó a la AFP Davivir, hoy Protección SA, a la que cotizó 1211 semanas. Señaló que la administradora incumplió su deber legal y profesional al no brindarle información sobre las características, condiciones de acceso, efectos y riesgos de cada uno de los regímenes pensionales vigentes a la fecha de su traslado; menos, de las ventajas y desventajas de cada uno de ellos, ni de la imposibilidad de retornar al RSPMPD cuando le faltaren menos de diez años para cumplir la edad mínima de pensión. Indicó que es pensionado de la AFP desde el « 1 de septiembre de 2017 (sic)», en la modalidad de retiro programado y con una mesada de $1.584.088, mientras que en el otro régimen la prestación habría ascendido a $3.892.096. Señaló que, ante una disminución tan gravosa, ha experimentado aflicción, congoja, desasosiego y profunda tristeza, por lo que el 23 de abril de 2021 solicitó a la AFP Protección SA la indemnización de los perjuicios irrogados, sin obtener respuesta. La AFP demandada se opuso a las pretensiones. De los hechos, aceptó únicamente el número de semanas cotizadas, el reconocimiento de la pensión « desde el 20 de septiembre de 2018 », la modalidad elegida, el valor de la mesada y la petición de indemnización del demandante. En su defensa propuso las excepciones que denominó: «proyección pensional efectuada por la parte actora no se corresponde con la realidad» , cumplimiento de las obligaciones en cabeza de Protección SA, inexistencia de la obligación y falta de causa para pedir, cumplimiento del deber de información por parte de esa AFP, buena fe, culpa del demandante, prescripción, compensación y pago, falta del juramento estimatorio de perjuicios como requisito procesal y la innominada o genérica. En auto de 06 de agosto de 2021, el juzgado de conocimiento dispuso la vinculación al proceso de la Nación, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien aceptó la afiliación inicial del demandante al RSPMPD, rechazó las pretensiones y excepcionó bu
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Sentencia
Número
SL169-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Sentencia
Número
SL169-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho