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STP3221-2026.pdf
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
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JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO Magistrado ponente STP3221-2026 Radicación n.° 152530 (Acta n.° 062) Bogotá D.C., tres (03) de marzo de dos mil veintiséis (2026). I. ASUNTO 1. La Sala decide la impugnación interpuesta por ALEXANDER EMIGDIO CRUZ RUÍZ a través de apoderado, contra el fallo de tutela del 20 de enero del presente año. Mediante este la Sala Constitucional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán declaró improcedente el amparo al derecho fundamental al debido proceso presuntamente vulnerado por el Juzgado 1° Penal del Circuito de Patía, El Bordo (Cauca). 2. Del trámite se comunicó a la autoridad accionada y a las partes e intervinientes en el proceso penal rad. 19-100- 60-00610-2022-00049-00. Impugnación de tutela rad. 152530 CUI 19001220400120250081901 ALEXANDER EMIGDIO CRUZ RUÍZ 2 II. HECHOS 3. Los hechos planteados en la decisión de primera instancia, son los siguientes: El señor Alexander Emigdio Cruz Ruíz, prevalido de apoderado judicial, sostuvo que el 24 de noviembre de 2022, fue aprehendido y, ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Bolívar, Cauca, adelantaron en su contra las audiencias preliminares de legalización del procedimiento de captura, formulación de imputación por el delito de “actos sexuales con menor de 14 años” agravado y en concurso homogéneo sucesivo, y solicitud de imposición de medida de aseguramiento, la cual fue impuesta (proceso con radicado N° 2022 0007900). Que, el 3 de marzo de 2023, fue radicado el escrito de acusación, por la Fiscalía 7° Local CAIVAS de Santander de Quilichao, el cual, por reparto, correspondió al señor Juez Penal del Circuito de Bolívar, quien, mediante auto de 17 de marzo de 2023, se declaró impedido para conocer de la actuación; el 28 de marzo de 2023, el señor Juez Penal del Circuito de Patía, El Bordo, aceptó aquel impedimento; el 2 de junio de 2023, agotaron la formulación de acusación; y, el 1 de diciembre de 2023, tuvo lugar la audiencia preparatoria. Que el 17 de julio de 2025, durante una sesión del juicio oral, compareció para rendir declaración, dejó constancia de su teléfono celular N° (sic) 300 320 9064 y anunció su ubicación en el barrio San Francisco de Bolívar, Cauca; y el 2 de octubre de 2025, en su presencia, anunciaron sentido del fallo condenatorio, escenario en el que precisó que su lugar para notificaciones es la calle 12 N° (sic) 524 del citado barrio, continuaron con la audiencia del 447 del C.P.P. sin que se hiciera referencia a la libertad y, entre otros, el señor defensor rogó aplicar lo previsto en sentencia SU 220 de 2024, para que continuar (sic) sin restricciones a la libertad, a lo cual accedió el A quo. Que el 2 de diciembre de 2025, el señor Juez profirió sentencia condenatoria en su contra por el delito de “actos sexuales con menor de 14 años”, sin el agravante, disponiendo su captura inmediata, incurriendo en una evidente contradicción e incongruencia (sentencia T 082 de Impugnación de tutela rad. 152530 CUI 19001220400120250081901 ALEXANDER EMIGDIO CRUZ RUÍZ 3 2003), puesto que previamente se mencionó que no es suficiente para ordenar la aprehensión inmediata la improcedencia de los subrogados, sin embargo, en la sentencia ese fue el fundamento para librar la orden de captura en su contra. Que el señor Juez (sic) tuvo la oportunidad, en el sentido del fallo y en la sentencia, de motivar la excepcional facultad de privarlo de la libertad conforme el artículo 450 del C.P.P., no obstante, únicamente desarrolló aquella carga argumentativa en el sentido del fallo para disponer que debía permanecer en liberar, disponiendo su captura en la sentencia sin motivación, por lo cual debe prevalecer la primera decisión y revocarse parcialmente la referida providencia. Por lo anterior solicitó, que, una vez verificados los requisitos generales y específicos contra providencia judicial, tutelar sus derechos fundamentales a fin de dejar sin efectos el N° (sic) 3 de la parte resolutiva de la sentencia de fecha 2 de diciembre de 2025, proferid
Tipo
providencia
Número
STP3221-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Tier
silver
Fragmentos
1
Áreas legales
Tipo
providencia
Número
STP3221-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Tier
silver
Fragmentos
1
Áreas legales