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Providencia STP1705-2026 — Kelsen
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Providencia2026

Providencia STP1705-2026

STP1705-2026.docx

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

DesconocidoSin dato de vigencia

4.000 caracteres

Tutela de segunda instancia Radicación n.° 151786 CUI: 15001220400020250062001 Joiin Stiven Rivera Marín Myriam Ávila Roldán Magistrada ponente CUI: 15001220400020250062001 Radicación n.° 151786 STP1705-2026 (Aprobado acta n.°036) Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil veintiséis (2026). I. OBJETO DE LA DECISIÓN La Sala resuelve la impugnación formulada por Joiin Stiven Rivera Marín contra la sentencia de tutela de primera instancia proferida el 9 de diciembre de 2025 por la Sala Tercera de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja. Esa decisión negó la solicitud de amparo presentada contra los Centros de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja y Bogotá, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia. En síntesis, en la impugnación, el accionante sostiene que, contrario a lo decidido por el juez de tutela de primera instancia, el tiempo transcurrido sin que se haya efectuado el reparto de su proceso ante los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja es irrazonable y desproporcionado. Afirma que, debido a su condición de persona privada de la libertad, la falta de asignación de un juez de ejecución le impide solicitar beneficios administrativos y subrogados penales, lo que prolonga injustificadamente la restricción de su libertad. II. HECHOS 1.- Joiin Stiven Rivera Marín fue condenado por el Juzgado 32 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá D.C. por el delito de hurto calificado y agravado, imponiéndosele la pena de 29 meses y 18 días de prisión, dentro del proceso con NUR 11001600001920230439200. 2.- El control de la ejecución de la pena correspondió inicialmente al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, el cual, el 4 de noviembre de 2025, ordenó la remisión del expediente a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja. 3.- El 7 de noviembre de 2025 el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja recibió el proceso, ingresándolo en turno de reparto, en atención al volumen de procesos remitidos desde distintos despachos judiciales del país. 4.- El 16 de diciembre de 2025 el proceso fue asignado, por reparto, al Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja. III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES 5.- El 21 de noviembre de 2025, Joiin Stiven Rivera Marín promovió acción de tutela contra los Centros de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y Tunja, al considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia. Señaló que, a pesar de haber sido trasladado desde el 2 de abril de 2025 al establecimiento penitenciario “El Barne”, no se le había asignado juez de ejecución de penas en Tunja. 5.1.- En consecuencia, solicitó que se ordenara a los accionados efectuar el reparto de su proceso para que se designara el despacho judicial encargado de vigilar la ejecución de su pena. 6.- Mediante sentencia del 9 de diciembre de 2025, la Sala Tercera de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja negó el amparo solicitado. Consideró que no se acreditó una dilación injustificada, pues el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja informó que el proceso había ingresado en turno de reparto y que existía una alta congestión, con aproximadamente 450 procesos pendientes, estimando razonable el plazo aproximado de seis semanas informado para efectuar el reparto. 7.- Joiin Stiven Rivera Marín impugnó la decisión. Indicó que, contrario a lo señalado por la primera instancia, la mora en la asignación de un juez de ejecución de penas vulnera sus derechos fundamentales porque le impide solicitar beneficios administrativos y subrogados

Metadatos

Tipo

providencia

Número

STP1705-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Tier

silver

Fragmentos

1

Áreas legales

constitucionaltutela

Metadatos

Tipo

providencia

Número

STP1705-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Tier

silver

Fragmentos

1

Áreas legales

constitucionaltutela