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STP1573-2026.pdf
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
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JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO Magistrado ponente STP1573-2026 Radicación n.° 151789 (Acta n.° 28) Bogotá D.C., diez (10) de febrero de dos mil veintiséis (2026). I. ASUNTO La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de Tutelas n.° 1 se pronuncia sobre la impugnación formulada por el Hospital San Jorge de Ayapel (Córdoba), a través de su apoderado judicial, contra la sentencia del 4 de diciembre de 2025. Con esta decisión, la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Montería declaró improcedente la solicitud de amparo de su derecho fundamental al debido proceso. Estos, aparentemente vulnerados por los Juzgados Promiscuo Municipal y Promiscuo del Circuito- ambos de Ayapel-. Cui 23001220400020250046201 Tutela de segunda instancia Número interno 151789 Hospital San Jorge de Ayapel II. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN 1. Así los expuso el tribunal en sentencia de primera instancia: El 28 de julio de 2025, en el marco del radicado 23-068-40- 89-001-2025 00166, el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel tuteló el derecho fundamental de petición del Sr. Gerardo Vergara Vélez. En consecuencia, ordenó a la E.S.E. Hospital San Jorge de Ayapel que, en el término de 48 horas siguientes a la notificación, si aún no lo había hecho, procediera a responder de fondo la solicitud del 13 de junio de 2025, aunque sea de manera desfavorable. El fallo de tutela fue impugnado por la E.S.E. Hospital San Jorge de Ayapel, al considerar que se había configurado la carencia actual de objeto por hecho superado. Sin embargo, el 04 de septiembre de 2025, el Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel lo confirmó. El 12 de septiembre de 2025, la E.S.E. Hospital San Jorge de Ayapel presentó solicitud de adición y aclaración en contra del fallo de segunda instancia, lo cual se resolvió negativamente el 09 de octubre de 2025. El 27 de octubre de 2025, el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel emitió requerimiento previo contra Daysi Rubiela Demoya Navarro, representante legal de la E.S.E. Hospital San Jorge de Ayapel, para que informara lo relacionado con el cumplimiento del fallo de tutela. El 04 de noviembre de 2025, el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel admitió formalmente el trámite incidental contra Demoya Navarro. Providencia contra la cual se formuló recurso de reposición por parte del apoderado de la incidentada, pero que fue rechazado el 14 de noviembre de 2025. El 18 de noviembre de 2025, el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel le impuso sanción de 3 días de arresto y multa de 3 SMLMV, la cual fue confirmada el 24 de noviembre de 2025 por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel. Cui 23001220400020250046201 Tutela de segunda instancia Número interno 151789 Hospital San Jorge de Ayapel Se acude al juez de tutela con el fin de que se dejen sin efectos el fallo de tutela de primera instancia del 28 de julio de 2025, el fallo del 12 de septiembre de 2025 que lo confirmó, al igual que los autos del 04 y 18 de noviembre de 2025 por medio de los cuales se dio apertura al trámite incidental por desacato y se emitió castigo contra Demoya Navarro, respectivamente. III. FALLO IMPUGNADO 2. La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería mediante decisión del 4 de diciembre de 2025, declaró improcedente la acción de tutela. Advirtió que la acción se dirigía en contra de una determinación judicial de igual naturaleza. 2.1. El Tribunal destacó que, en la tutela identificada con el radicado número 230684089001202500166, no puede ser objeto de revisión por parte de otro juez constitucional. Pues, la entidad actora pretende controvertir la valoración probatoria efectuada por las autoridades de instancia. 2.2 Por otra parte, el a quo consideró que las decisiones emitidas en el incidente de desacato no serán objeto de revisión en esta acción de tutela. Lo anterior, porque está pendiente de resolver el grado jurisdiccional por parte del Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel. Aun así, flexibilizó el r
Tipo
providencia
Número
STP1573-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Tier
silver
Fragmentos
1
Áreas legales
Tipo
providencia
Número
STP1573-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Tier
silver
Fragmentos
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Áreas legales