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Providencia CP080-2026 — Kelsen
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Providencia2026

Providencia CP080-2026

CP080-2026(69105).pdf

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

DesconocidoSin dato de vigencia

4.000 caracteres

JOSÉ JOAQUÍN URBANO MARTÍNEZ Magistrado ponente CP080-2026 Radicación N° 69.105 Aprobado acta N°096 Bogotá, D. C., veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiséis (2026). I. OBJETO DE LA DECISIÓN La Corte emite concepto sobre la solicitud de extradición del ciudadano venezolano GABRIEL ARTURO ACOSTA ESCALANTE, presentada por el Gobierno de la República de Chile. II. ANTECEDENTES 1. El 13 de febrero de 2025, el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, Chile, ordenó la detención del ciudadano venezolano GABRIEL ARTURO ACOSTA ESCALANTE en la causa RIT N° 1158-2025, (RUC 2500203693-5) por la posible comisión del delito de «robo con violencia»1. 1 Indictment digital/0012Expediente. Págs. 35, 39-40. La orden se emite en cumplimiento de la disposición de la misma fecha, por la cual la autoridad judicial accede a la solicitud de la Fiscal Adjunto de Puerto Mont «en proceso Rol Único de Causa N° 2500203693-5», SEGUIDA POR DELITOS ROBO CON INTIMIDACION, EXTORSION, INFRACCION LEY DE ARMAS Y DROGAS, ORGANIZACIÓN CRIMINAL, DELITOS CONTRA LAS PERSONAS» Extradición Radicado: 69.105 CUI 11001020400020250113100 GABRIEL ARTURO ACOSTA ESCALANTE 1 2. El 21 de marzo de 2025, el Gobierno de la República de Chile, mediante la Nota Verbal N° 63/2025, solicitó su detención con fines de extradición2. El 8 de abril siguiente, por medio de la Nota Verbal N° 75/2025, formalizó dicho pedido por los delitos de «secuestro, robo con intimidación, homicidio, homicidio frustrado y tentado, conspiración para homicidio calificado, extorsión, tráfico de drogas, amenazas, asociación criminal y lavado de activos» en la actuación mencionada y aportó la documentación respectiva3. 3. El 24 de abril de 2025, la Fiscalía General de la Nación ordenó su captura4. El 13 de mayo siguiente, miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, DIJIN, lo aprehendieron en la ciudad de Medellín, Antioquia, con fundamento en la notificación roja de Interpol A- 2648/2-20255, y al día siguiente, materializaron su captura con fines de extradición6. 4. El 19 de mayo de 2025, el Ministerio de Justicia y del Derecho remitió a la Corte la documentación proporcionada por la representación diplomática7. Precisó que, de acuerdo con el concepto de su homólogo de Relaciones Exteriores, está vigente, entre la República de Colombia y la República de Chile, el «Tratado de Extradición», suscrito en Bogotá el 16 de noviembre de 19148. 2 Ibidem/0012Expediente. Pág. 2. 3 Ibídem/0005Expediente. Pág. 1. 4 Ibídem/0012Expediente. Págs. 165-172. 5 Publicada el 24 de febrero de 2025 por solicitud de la República de Chile. Ibídem/0012Expediente. Págs. 177- 198. 6 Ibídem/0012Expediente. Págs. 201-208. 7 Mediante Oficio MJD-OFI25-0022004-GEX-10100. Ibídem/0009Expediente. Págs. 1-2. Acta de reparto 4388 del 19 de mayo de 2025. Ecosistema Digital de Acciones Virtuales, ESAV. Anotación N° 01. 8 Oficio DIAJI No. 25-008610 del 21 de marzo de 2025. Ibidem/0003Expediente. Pág. 1. Extradición Radicado: 69.105 CUI 11001020400020250113100 GABRIEL ARTURO ACOSTA ESCALANTE 2 5. El 20 de mayo siguiente, esta Corporación asumió el conocimiento del asunto. Ordenó informar al requerido que debía designar un abogado en el término de cinco días o que, de no hacerlo, le nombraría uno de oficio. A la vez, dispuso correr el traslado previsto en el inciso 1° del artículo 500 de la Ley 906 de 20049. 6. El 22 de ese mes y año, la Secretaría de la Sala notificó el auto al solicitado, recluido en el Complejo Carcelario y Penitenciario con Alta Media y Mínima Seguridad de Bogotá10. 7. El 24 de septiembre de 2025, la Corte accedió a las pruebas presentadas por el Ministerio Público y la defensa, encaminadas a evitar una eventual vulneración de la prohibición de doble juzgamiento en Colombia. En consecuencia, le ordenó a la Fiscalía General de la Nación revisar sus bases de datos e informar sobre actuaciones penales seguidas contra GABRIEL ARTURO ACOSTA ESCALANTE. De oficio, y con igual propósito, requirió a

Metadatos

Tipo

providencia

Número

CP080-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

Tier

silver

Fragmentos

1

Áreas legales

penal

Metadatos

Tipo

providencia

Número

CP080-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

Tier

silver

Fragmentos

1

Áreas legales

penal