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Providencia AP2116-2026 — Kelsen
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Providencia2026

Providencia AP2116-2026

CSJ Sala Penal AP2116 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

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MYRIAM ÁVILA ROLDÁN Magistrada ponente AP2116-2026 Radicación n.º 70993 CUI: 11001020400020250289000 Aprobado acta n.° 096 Bogotá, D. C., veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiséis (2026). I. OBJETO DE LA DECISIÓN La Corte decide las solicitudes probatorias formuladas por el representante del Ministerio Público y la defensa del ciudadano colombiano IGNACIO ALEXANDER ARENDS VILLARRUETH, quien es requerido en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos de América por la posible comisión de delitos de “concierto para delinquir y tráfico de drogas ilícitas”. II. ANTECEDENTES 1.- El Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia y mediante la Nota Extradición Radicado n.° 70993 C.U.I: 11001020400020250289000 IGNACIO ALEXANDER ARENDS VILLARRUETH 2 Verbal n.º 1845 del 27 de septiembre de 2023, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano IGNACIO ALEXANDER ARENDS VILLARRUETH. 2.- A través de la Nota Verbal n.° 1910 del 16 de septiembre de 2025, el Gobierno estadounidense formalizó la solicitud de extradición. El propósito del requerimiento internacional es que el ciudadano comparezca al proceso penal que se sigue en su contra por la posible comisión de delitos relacionados con “concierto para delinquir y tráfico de drogas ilícitas”, según la Acusación Formal dictada, el 5 de enero de 2023, en el Caso Número 23-20008-CR- RUIZ/BECERRA por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. 3.- El 28 de septiembre de 2023, la Fiscalía General de la Nación ordenó la captura con fines de extradición de IGNACIO ALEXANDER ARENDS VILLARRUETH. El 2 de agosto de 2025, el ciudadano fue capturado en Uribía, La Guajira. 4.- El 29 de octubre de 2025, el director de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho remitió a la Corte la documentación enviada por la Embajada norteamericana, previo concepto de su homólogo del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre la vigencia entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América de la “Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”, suscrita en Viena el 20 de diciembre de 1988 y la “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional”, Extradición Radicado n.° 70993 C.U.I: 11001020400020250289000 IGNACIO ALEXANDER ARENDS VILLARRUETH 3 adoptada en Nueva York el 15 de noviembre de 2000. Además, se precisó que los aspectos no regulados por los mecanismos internacionales, se regirán por lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal de Colombia. 5.- El 14 de noviembre de 2025, se corrió traslado a las partes para la formulación de peticiones probatorias. 5.1.- La defensa de IGNACIO ALEXANDER ARENDS VILLARRUETH solicitó el decreto de los siguientes medios de conocimiento: A) PRUEBAS DE PERTENENCIA A GRUPO ETNICO WUAYU Y DE SANCION IMPUESTA POR LA ETNIA INDIGENA, DE LOS HECHOS POR LOS CUALES SE ENCUENTRA PEDIDO EN EXTRADICCION. 1. Que se tenga como pruebas los documentos enviados por LA AUTORIDAD WUAYU, DE LA ALTA Y MEDIA GUAJIRA, Y que contienen los siguientes anexos: a) Documentos del RESGUARDO DE LA ALTA Y MEDIA GUAJIRA, EN DONDE CERTIFICAN QUE EL SEÑOR LUIS ANGEL GONZALEZ URIANA , (sic) identificado con cédula 5.190.353 se (sic) AUTORIDAD TRADICIONAL DE LA COMUNIDAD DE MASICHE, SECTOR TAROA, CORREGIMIENTO DE TAROA, de la que hace parte mi representado IGNACIO ALEXANDER ARENDS VILLARUETH. Solicito que se oficie al MINISTERIO DEL INTERIOR, grupo de asuntos indígenas ,rom (sic) y minorías étnicas, para certificar lo aquí referenciado. 2. Constancia del MINISTERIO DEL INTERIOR DE ASUNTOS INDIGENAS, en donde establecen la existencia del RESGUARDO DE LA ALTA Y MEDIA GUAJIRA, CREADO MEDIANTE RESOLUCION NUMERO 28 DEL 19 DE JULIO DE 1.994. Solicito se oficie igualmente a la OFICINA DE ASUNTOS INDIGENAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. 3. Que se tenga como prueba, el acta que se anexa del dia (sic) 8 de SEP

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Providencia

Número

AP2116-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Penal

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Providencia

Número

AP2116-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Penal