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Providencia AP205-2026 — Kelsen
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Providencia2026

Providencia AP205-2026

CSJ Sala Penal AP205 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

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GERSON CHAVERRA CASTRO Magistrado Ponente AP205-2026 Radicación n°. 71077 Acta No. 007 Bogotá D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil veintiséis (2026). ASUNTO La Sala se pronuncia respecto del decreto de pruebas a que haya lugar dentro del trámite de extradición adelantado en contra de José Leonel Ramírez Herrera, ciudadano colombiano requerido por el Gobierno de la República del Perú. CUI: 11001020400020250297800 N.I. 71077 Extradición José Leonel Ramírez Herrera 2 ANTECEDENTES 1. Con Nota Verbal n°. 5-8-M/305 del 19 de diciembre de 20161, el Gobierno de la República del Perú, por intermedio de su Embajada en Colombia, solicitó el arresto provisional de José Leonel Ramírez Herrera, quien es requerido por la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia del Callao, en un proceso con rad. 04453-2005, seguido por el delito de «tráfico ilícito de drogas agravado». Luego, mediante Nota Verbal n°. 5-8-M/057 del 13 de febrero de 20172, la referida Embajada de la República del Perú informó el número de identificación de Ramírez Herrera. 2. El 9 de mayo de 2017, en el Centro Carcelario y Penitenciario Rodrigo Bastidas de Santa Marta, miembros de la DIJIN de la Policía Nacional retuvieron y le notificaron a José Ramírez Herrera la circular roja de Interpol A-6162/7- 20163, publicada el 4 de julio de 20164. 3. Con fundamento en la petición diplomática y la señalada notificación roja de Interpol, el 19 de mayo de 2017, la Fiscalía General de la Nación expidió una Resolución para ordenar la captura, con fines de extradición, de José Leonel 1 Folio 14 y ss. Indictment 1. 2 Folio 42 y ss. 3 Folio 44 y ss. 4 Por solicitud de la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia del Callao. CUI: 11001020400020250297800 N.I. 71077 Extradición José Leonel Ramírez Herrera 3 Ramírez5. Ese mismo día, tal sujeto fue aprehendido y puesto a disposición del ente acusador6. 4. El 8 de septiembre de 2019, la Fiscalía profirió otra Resolución para cancelar la referida orden de captura7, dado que el Gobierno de la República del Perú no formalizó el pedido de extradición de Ramírez Herrera. 5. A través de las Notas Verbales 5-8-M/066 del 11 de marzo de 20198 y 5-8-M/303 del 25 de julio de 20199, la Embajada de la República del Perú en Colombia adjuntó el expediente de José Leonel Ramírez, pidió su detención y formalizó el pedido de extradición, respectivamente. 6. Con oficio DIAJI No. 3093 del 26 de noviembre de 201910, el Ministerio de Relaciones Exteriores remitió el expediente al de Justicia y del Derecho, y conceptuó que «conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones entre la República de Colombia y la República del Perú»; es decir, el Acuerdo sobre extradición, adoptado en Caracas, el 18 de julio de 1911, y el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de julio de 1911, suscrito el 22 de octubre de 2004 en Lima. 5 Folio 6 y ss. 6 Folio 47 y ss. 7 Folio 69 y ss. 8 Folio 84 y ss. 9 Folio 80 y ss. 10 Folio 81 y ss. CUI: 11001020400020250297800 N.I. 71077 Extradición José Leonel Ramírez Herrera 4 7. La Fiscalía emitió la Resolución del 3 de octubre de 2024, por cuyo medio decretó, nuevamente, la captura de José Leonel Ramírez11. Esta se materializó en la ciudad de Santa Marta, el 16 de octubre de 2025, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal (DIJIN) de la Policía Nacional. 8. El Ministerio de Justicia y del Derecho, tras constatar la debida formalización de la solicitud, mediante oficio No. MJD-OFI25-0054281-GEX-10100 del 6 de noviembre de 2025, lo envió a la Corte Suprema de Justicia para que adelantara el trámite a su cargo. 9. Con auto del 10 de noviembre de 2025 se requirió a Ramírez Herrera para que nombrara defensor de confianza, advirtiéndole que, de no hacerlo, se le asignaría un

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Providencia

Número

AP205-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Penal

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Providencia

Número

AP205-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Penal

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Penal