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CSJ Sala Penal rad. 72471 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
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17 Hábeas Corpus n° 72471 CUI 68001220400020260032601 FREDY GUTIÉRREZ VILLAMIZAR DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN Magistrado AHP049-2026 Radicación N° 72471 Bogotá, D.C., veintiséis (26) de marzo de dos mil veintiséis (2026). ASUNTO Dentro del término previsto en el artículo 7º de la Ley 1095 de 2006, que reglamentó el artículo 30 de la Constitución Política, se resuelve la impugnación interpuesta contra el proveído del 20 de marzo del año en curso, mediante el cual una magistrada de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga negó la solicitud de hábeas corpus formulada por Fredy Gutiérrez Villamizar. El accionante se encuentra privado de la libertad en la Cárcel y Penitenciaria con Alta y Media Seguridad de Girón. ANTECEDENTES 1.- De acuerdo con la información allegada al expediente y las respuestas de las accionadas, se verifican las siguientes actuaciones procesales relevantes: 1.1.- En contra de Fredy Gutiérrez Villamizar y otra persona se adelanta el proceso penal 200116000000202100005, por los delitos de concierto para delinquir con fines de secuestro, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, secuestro extorsivo y homicidio agravado. 1.2. El 13 de febrero de 2021, ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Pelaya (Cesar), se legalizó su captura. Fue vinculado a la actuación mediante audiencia de formulación de imputación, diligencia en la que no aceptó los referidos cargos, y le fue impuesta medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario. 1.3. El asunto, por reparto, inicialmente correspondió al Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar, despacho que, el 4 de octubre de 2021, desarrolló la audiencia de formulación de acusación en la cual se ratificaron los cargos endilgados al accionante. 1.4. Posteriormente, en virtud del Acuerdo No. CSJCEA23-05 del 15 de febrero de 2023, el asunto por competencia fue asignado al Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Valledupar, autoridad que actualmente ostenta el conocimiento del proceso. 1.4.1. Este último despacho asumió el conocimiento de la actuación el 27 de febrero de 2023 y fijó fecha para el desarrollo de la audiencia preparatoria para el 26 de mayo de 2023. La diligencia no se efectuó por la no asistencia de los defensores de los dos procesados, en consecuencia, se programó nueva fecha para el 19 de julio de 2023, asimismo, se requirió a los citados profesionales del derecho para que comparecieran, so pena de ser desplazados por abogados adscritos a la Defensoría del Pueblo. Llegada la fecha, la audiencia no se llevó a cabo porque el defensor de confianza de Fredy Gutiérrez Villamizar renunció, también porque, pese a la designación de un defensor público para los dos procesados, dicho profesional del derecho no se conectó. Por tanto, se fijó nueva fecha para el 17 de agosto de 2023. 1.4.2. Desde entonces, hasta la fecha, la audiencia preparatoria no se ha podido llevar a cabo debido a que se han presentado 26 aplazamientos: i) 10 atribuibles al defensor público designado; ii) 5 a la fiscalía; iii) 3 en virtud de la verificación de un preacuerdo que finalmente no fue aprobado; iv) 3 por no remisión de los procesados por parte del INPEC; iv) 3 por solicitud del actor y su compañero; y, v) 2 por causa del juzgado. 14.3. El asunto tiene fecha programada para el 15 de abril de 2026. 2.- Fredy Gutiérrez Villamizar, quien se encuentra privado de la libertad en la Cárcel y Penitenciaria con Alta y Media Seguridad de Girón, por intermedio de la presente acción de hábeas corpus, afirma que lleva “cinco años privado” de la libertad por cuenta del aludido proceso penal, situación que, en su criterio, desconoce “la garantía de proporcionalidad y la razonabilidad, de las medidas de aseguramiento” . Refiere que la restricción de su derecho no se puede extender “indefinidamente en el tiempo” , por ello, destaca que, a través de la Ley 1786 de 2016, en concordancia con
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHP049-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHP049-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho