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CSJ Sala Penal rad. 54001-31-87-006-2023-00163-00 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
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Impugnación de habeas corpus Radicado n.° 72145 CUI: 54001220400220260010801 Óscar Mauricio Sierra Álvarez MYRIAM ÁVILA ROLDÁN Magistrada ponente AHP035-2026 Radicado n.o 72145 CUI: 54001220400220260010801 Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil veintiséis (2026). I. OBJETO DE LA DECISIÓN Se resuelve la impugnación interpuesta por Óscar Mauricio Sierra Álvarez contra el fallo proferido el 26 de febrero de 2026 por un magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta. Esa decisión “negó por improcedente” la acción de hábeas corpus promovida por el impugnante contra el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad. En concreto, el accionante sostiene que su privación de la libertad está siendo prolongada ilegalmente, pues, a su juicio, al haber cumplido el requisito objetivo de las tres quintas partes de la pena, el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta podía resolver de fondo la solicitud de libertad condicional presentada el 12 de febrero de 2026, sin supeditar la decisión a la práctica de la visita domiciliaria y al recaudo de información adicional ordenados mediante auto del 18 de febrero siguiente. II. HECHOS 1.- El Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta vigila, dentro del radicado n.º 54001318700620230016300, la pena de 358 meses de prisión impuesta a Óscar Mauricio Sierra Álvarez . Esta pena fue fijada mediante providencia emitida el 11 de mayo de 2016 por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad, mediante la cual decretó la acumulación jurídica de las sentencias condenatorias proferidas el 13 de agosto de 2013 y el 2 de diciembre de 2015 por los Juzgados Quinto y Octavo Penales del Circuito con Función de Conocimiento de Bucaramanga, respectivamente. 2.- El 12 de febrero de 2026, Óscar Mauricio Sierra Álvarez elevó solicitud de concesión del subrogado penal de libertad condicional ante el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta. 3.- Mediante auto del 18 de febrero de 2026, esa autoridad judicial dispuso la práctica de pruebas previas a resolver la solicitud, consistentes en: (i) comisionar a la asistente social adscrita a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga para efectuar visita domiciliaria al lugar de residencia de un familiar del sentenciado; (ii) oficiar al establecimiento penitenciario para que informe las razones por las cuales el sentenciado se encuentra clasificado en fase de tratamiento alta, según la cartilla biográfica allegada; y (iii) oficiar al Juzgado Quinto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bucaramanga para que indique si dentro del proceso seguido contra el accionante se adelantó trámite de incidente de reparación integral. 4.- El 20 de febrero de 2026, el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta remitió el despacho comisorio a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga para la práctica de la visita domiciliaria. 5.- El 26 de febrero de 2026, el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga efectuó el reparto del despacho comisorio al Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad. III. ANTECEDENTES PROCESALES relevantes 6.- El 25 de febrero de 2026, Óscar Mauricio Sierra Álvarez promovió acción constitucional de hábeas corpus, al estimar que su privación de la libertad está siendo prolongada ilegalmente. Señaló que, al haber cumplido el requisito objetivo de las tres quintas partes de la pena, el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta se encontraba en posibilidad de resolver de fondo la solicitud de libertad condicional, sin supeditar la decisión a la práctica de la visita domiciliaria ni al recaudo de información adicional. En consecuencia, solicitó q
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHP035-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHP035-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho