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CSJ Sala Penal rad. 72123 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
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CUI: 11001220400020260085701 N.I. 72123 Impugnación habeas corpus Diego Alberto Londoño Henao GERSON CHAVERRA CASTRO Magistrado AHP033-2026 Radicado N° 72123 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de febrero de dos mil veintiséis (2026) ASUNTO Dentro del término previsto en el numeral 1 del artículo 7° de la Ley 1095 de 2006[footnoteRef:1], el Despacho decide la impugnación interpuesta por Diego Alberto Londoño Henao contra el fallo del 17 de febrero de 2026, por medio del cual un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente su solicitud de amparo de habeas corpus . [1: El reparto se materializó el 19 de noviembre de 2025. ] ANTECEDENTES RELEVANTES De acuerdo con la información obrante en el expediente, se sintetizan de la siguiente manera: a. El 9 de noviembre de 2025, miembros de la Policía Nacional retuvieron a Diego Alberto Londoño Henao en el municipio de Cisneros, Antioquia, porque en su contra figuraba una circular roja de la INTERPOL. b. El 10 de noviembre siguiente, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, con oficio n°. 20251700122841, le informó tal novedad a la Cancillería. En consecuencia, a través de la Nota Verbal S-DIAJI-25-039870, tal cartera ministerial le comunicó al Gobierno de la República del Perú la situación de Diego Londoño Henao . c. Con Notas Verbales n°. 5-8-M/386-2025 y 5-8-M/392-2025 de fecha 13 y 14 de noviembre de 2025, respectivamente, la República del Perú pidió la detención provisional, con fines de extradición, de Londoño Henao , requerido para comparecer ante la «Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada», por el ilícito de « tráfico ilícito de drogas agravado ». d. Surtidos los trámites administrativos adecuados, el 14 de noviembre de 2025, la Fiscal General de la Nación promulgó una Resolución para disponer la captura del ciudadano colombiano. e. A través de Nota Verbal n°. 5-8-M/060-2026 del 3 de febrero de 2026, el Gobierno de la República del Perú, por intermedio de su Embajada en Colombia, formalizó el pedido de extradición de Diego Londoño Henao , para lo cual envió la documentación pertinente. f. El 6 de febrero de 2026, en la misiva S-DIAJI-26-003843, la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores conceptuó que, en el caso, debía procederse con sujeción al « Acuerdo sobre extradición », adoptado en Caracas el 18 de julio de 1911, y el « Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de julio de 1911 », firmado en lima el 22 de octubre de 2004. g. Al constatar que la documentación remitida por el país extranjero era suficiente para perfeccionar el expediente, con oficio n°. MJD-OFI26-0005428-GEX-10100 del 16 de febrero de 2026, la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho remitió la actuación a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para emitir el respectivo concepto. h. Para el día 16 de febrero de 2026, el asunto aún no había sido recibido por la Secretaría de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia[footnoteRef:2]. [2: Al revisar el sistema ESAV, se encontró que el asunto fue repartido el 16 de febrero de 2026 y le correspondió al Magistrado Gerardo Barbosa Castillo.] DEL HABEAS CORPUS El 16 de febrero de 2026, Diego Alberto Londoño radicó demanda de habeas corpus contra la Fiscalía General de la Nación, la cual se repartió a un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. El actor hizo un recuento de las circunstancias de su detención, ocurrida el 9 de noviembre de 2025, en virtud de una notificación roja de INTERPOL. Narró que, luego de ello, fue trasladado a una estación de la Policía, y después, al Complejo Penitenciario y Carcelario de Bogotá (La Picota). Con eso expuesto, afirmó que, a la f
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHP033-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHP033-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Penal
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho