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CSJ Sala Tutelas rad. 05001-22-03-000-2025-00852-01 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
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AHC006-2026 Radicación n.º 05001-22-03-000-2025-00852-01 Bogotá D.C., dieciséis (16) de enero de dos mil veintiséis (2026). Se desata la impugnación interpuesta por el accionante frente al auto del veintiocho (28) de diciembre de dos mil veinticinco (2025), proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que negó el habeas corpus solicitado por Fabian Alberto Sequea Navarro, trámite al cual fueron vinculados los Juzgados Segundo y Tercero Penal del Circuito de Rionegro, Primero Promiscuo Municipal de El Carmen de Viboral, Tercero Penal Municipal con Funciones Mixtas de Rionegro y la Estación de Policía de Belén en Medellín. ANTECEDENTES 1. El accionante pretende que se ordene su libertad inmediata, de acuerdo con lo previsto en los artículos 5° y 317 numeral 5° del Código de Procedimiento Penal1. 1 Código de Procedimiento Penal, artículo 317, modificado por el artículo 6 de la Ley 2477 de 2025. «Las medidas de aseguramiento indicadas en los anteriores artículos tendrán vigencia durante toda la actuación, sin perjuicio de lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 307 del presente código sobre las medidas de aseguramiento privativas de la libertad. La libertad del imputado o acusado se cumplirá de inmediato y solo procederá en los siguientes eventos: Radicación n.° 05001-22-03-000-2025-00852-01 2 De la petición y sus anexos se desprende lo siguiente: El 5 de julio de 2025, Fabian Alberto Sequea Navarro fue aprehendido por orden judicial previa2, dentro de la investigación penal que se adelanta en su contra bajo el radicado 056156000344202500343, por el delito de feminicidio en la modalidad de tentativa. Las audiencias de legalización de captura y formulación de imputación sucedieron al día siguiente -6 de julio- y, el 7 de julio de 2025, se le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento de reclusión. El 8 de agosto de 2025, la Fiscalía General de la Nación presentó el respectivo escrito de acusación, por lo que el conocimiento del asunto fue asignado al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Rionegro (13 ag. 2025). Luego de distintos aplazamientos «por necesidad del despacho», se (…) 5. Cuando transcurridos ciento veinte (120) días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juicio. (…) PARÁGRAFO 1o. Los términos dispuestos en los numerales 4, 5 y 6 del presente artículo se incrementarán por el mismo término inicial, cuando el proceso se surta ante la justicia penal especializada, o sean tres (3) o más los imputados o acusados, o se trate de investigación o juicio de actos de corrupción de que trata la Ley 1474 de 2011 o de cualquiera de las conductas previstas en el Título IV del Libro Segundo, o cuando se trate de los delitos contemplados en el artículo 103A y el delito de feminicidio del artículo 104A de la Ley 599 de 2000 (Código Penal). PARÁGRAFO 2o. En los numerales 4 y 5 se restablecerán los términos cuando hubiere improbación de la aceptación de cargos, de los preacuerdos o de la aplicación del principio de oportunidad. PARÁGRAFO 3o. Cuando la audiencia de juicio oral no se haya podido iniciar o terminar por maniobras dilatorias del acusado o su defensor, no se contabilizarán dentro de los términos contenidos en los numerales 5 y 6 de este artículo, los días empleados en ellas. Cuando la audiencia no se hubiere podido iniciar o terminar por causa razonable fundada en hechos externos y objetivos de fuerza mayor-, ajenos al juez o a la administración de justicia, la audiencia se iniciará o reanudará cuando haya desaparecido dicha causa y a más tardar en un plazo no superior a la mitad del término establecido por el legislador en los numerales 5 y 6 del artículo 317.» 2 Emitida por el Juzgado Primero Penal Municipal Mixto de Rionegro, el 20 de mayo de 2025. Radicación n.° 05001-22-03-000-2025-00852-01 3 realizó la audiencia de formulación de acusación el 20 de noviembre de 2025, actuaci
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHC006-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Providencia
Número
AHC006-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho