ARTÍCULO 2.2.8.1.1. Del Primer Certificado de Disponibilidad Presupuestal. El primer certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de Presidente, Comisionados y Secretario General de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición será expedido por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces del· Ministerio de Justicia y del Derecho, con cargo a los recursos de dicha Comisión.
Hasta tanto el Secretario General de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición y quien ejerza las funciones administrativas y financieras de ésta, asuman sus funciones, el jefe de presupuesto o quien haga sus veces del Ministerio de Justicia del Derecho quedará facultado para efectuar los traslados y operaciones presupuestales de carácter temporal en la Sección Presupuesta! de dicha Comisión, así como para adelantar los demás aspectos presupuestales que se requieran.
2.8.1.2 . De la posesión de los Comisionados y del Secretario General de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. Los comisionados de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, incluyendo el presidente de la misma, como parte del SIVJRNR, se posesionarán ante el Presidente de la República para dar inicio al ejercicio formal de sus funciones y designarán en Sala Plena al Secretario General de la entidad, quien asumirá las funciones y competencias asignadas mediante el Decreto Ley 588 de 2017.
PARÁGRAFO . La vinculación de los comisionados y de los demás servidores de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición se hará conforme a las normas del derecho privado.
2.8.1.3. Bienes y servicios de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. De conformidad con lo previsto en
Parágrafo 2
parágrafo 2 del artículo transitorio .1 del Acto Legislativo 01 de 2017 y lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley 691 de 2017, a través del Fondo Colombia en Paz, se podrán asignar recursos a solicitud de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, para la adquisición de bienes y servicios, que requiera para su normal funcionamiento.
Viabilidad presupuestal para la creación de empleos y vinculación de personal. Adicionase un parágrafo al artículo 2.8.1.9.3 . del Decreto 1068 de 2015 con el siguiente contenido: ·
Parágrafo 2
PARÁGRAFO 2. El Secretario General de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, solicitará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de manera previa a la adopción de la estructura y la planta, la viabilidad presupuestal para la creación de los empleos, en los términos establecidos en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y demás normas reglamentarias.