Artículo 2°. Modificación . Modifícase el artículo 25 del Decreto 1740 de 2010, el cual quedará así:
"La elaboración de la evaluación del nivel de riesgo estará a cargo de un grupo de valoración preliminar, quien tendrá el apoyo in situ de un cuerpo técnico de recopilación y análisis de información bajo la coordinación del grupo de protección de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, según el siguiente procedimiento:
Cuerpo Técnico de Recopilación y Análisis de Información –CTRAI–. Encargado de la recopilación y análisis de información in situ. Estará conformado por personal del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional.
Conformación del Grupo de Valoración Preliminar. El Grupo de Valoración Preliminar tendrá carácter permanente y estará conformado por:
* El Director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior o su delegado
* El Director de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa Nacional o su delegado
* El delegado de la Policía Nacional
* El delegado del Programa Presidencial para la protección y vigilancia de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario
* El delegado de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional.
Participarán de manera permanente, como invitados especiales:
* Un representante del Fiscal General de la Nación
* Un representante del Procurador General de la Nación, y
* Un representante del Defensor del Pueblo.
* El delegado de la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Alertas Tempranas CIAT.
Participará cualquier autoridad pública del nivel nacional, departamental, distrital o municipal, en calidad de invitados, cuando así lo decidan los miembros del Grupo.
Atribuciones del Grupo de Valoración Preliminar. Son atribuciones del Grupo de valoración preliminar:
* Analizar la situación de riesgo de cada caso, según la información provista por el CTRAI.
* Presentar al CRER la determinación sobre el nivel de riesgo y un concepto sobre las medidas idóneas a implementar.
* Elaborar, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, la evaluación y reevaluaciones de nivel riesgo.
* Darse su propio reglamento".