ARTÍCULO 1º. Apruébese la modificación de la integración de la Junta Directiva del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - Fonade, la cual quedará así: 1. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado. 2. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, quien podrá delegar en el Viceministro de Turismo. 3. El Subdirector del Departamento Nacional de Planeación. 4. Un delegado del Presidente de la República. PARÁGRAFO 1º. El Gerente del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade, asistirá con voz pero sin voto. PARÁGRAFO 2º. Las sesiones de la Junta Directiva serán presididas por el Director del Departamento Nacional de Planeación o en ausencia de este por el Subdirector. Actuará como Secretario de la Junta Directiva el Asesor Jurídico de Fonade, o quien haga sus veces.