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Decreto 3016 de 2010 — Kelsen
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Decreto2010

Decreto 3016 de 2010

Suin

DerogadoEstado de vigencia

Esta norma ha sido derogada y ya no está vigente.

Señales de vigencia por artículo

4 de 4 artículos tienen marcas estructuradas de no vigencia o notas de vigencia. Revise el artículo aplicable antes de citar.

Además, 4 artículos contienen posibles menciones textuales a derogatorias, modificaciones o inexequibilidad; esta señal es heurística y debe verificarse contra la fuente oficial.

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

3016

Año

2010

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

4

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

3016

Año

2010

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

4

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4

Artículo 1✕Derogada

ARTÍCULO 1°. Modifica el artículo 5° del Decreto 4657 de 2006 . Derogado por el Artículo 34 del Decreto 3443 de 2010. El artículo 5° del Decreto 4657 de 2006 quedará así: 1. Despacho del Presidente de la República 1.1. Altas Consejerías Presidenciales 1.2. Consejerías Presidenciales 1.3. Secretaría Privada 1.4. Secretaría Jurídica 1.5. Secretaría del Consejo de Ministros 1.6. Secretaría de Prensa 1.7 Secretaría para la Seguridad Presidencial 1.8 Casa Militar 2. Despacho del Vicepresidente de la República 3. Dirección del Departamento 3.1. Programas Presidenciales 3.2. Oficina de Planeación 3.3. Oficina de Control Interno 4. Subdirección del Departamento 4.1. Oficina de Control Interno Disciplinario 4.2. Área Administrativa y Financiera 4.3. Área de Talento Humano 4.4. Área de Información y Sistemas 5. Órganos de Asesoría y Coordinación 5.1. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. 5.2. Comisión de Personal.

Artículo 2✕Derogada

ARTÍCULO 2°. Derogado por el Artículo 34 del Decreto 3443 de 2010. Son funciones de la Secretaría del Consejo de Ministros las siguientes: 1. Asesorar y asistir al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en su calidad de Secretario del Consejo de Ministros, en las funciones asignadas en la Ley 63 de 1923 y cumplir las funciones que este le delegue. 2. Preparar las reuniones del Consejo de Ministros. 3. Elaborar el orden del día, citar a las reuniones y tomar las medidas necesarias para el buen funcionamiento del Consejo de Ministros. 4. Examinar y someter a consideración del Consejo de Ministros los documentos de su competencia y suministrar los informes que le solicite. 5. Elaborar las actas, presentarlas para aprobación del Consejo de Ministros y hacerlas firmar para su posterior archivo. 6. Tramitar la información proveniente de otros organismos y dependencias estatales que sea de competencia del Consejo de Ministros. 7. Gestionar los asuntos que le encargue el Consejo de Ministros. 8. Las demás que le asigne el Presidente de la República, acorde con la naturaleza del cargo.

Artículo 3✕Derogada

ARTÍCULO 3. Modifica el artículo 9° del Decreto 4657 de 2006. Derogado por el Artículo 34 del Decreto 3443 de 2010 El numeral 9 del artículo 9° del Decreto 4657 de 2006 quedará así: 9. Absolver las consultas legales que le formulen el Presidente de la República, el Vicepresidente, el Consejo de Ministros, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sus funcionarios.

Artículo 4✕Derogada

ARTÍCULO 4°. Derogado por el Artículo 34 del Decreto 3443 de 2010. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 4657 de 2006 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C., a los 11 días del mes de agosto de 2010. JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, JUAN CARLOS PINZÓN BUENO. LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR. NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 47799. 12 de agosto de 2010. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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