ARTÍCULO 1º. Suprímese la Consejería Presidencial para la Defensa y la Seguridad Nacional y créase el Programa Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevención del Delito
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Suin
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
2404
Año
1998
Entidad
Suin
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
5
Colección
Normativa
Tipo
Decreto
Número
2404
Año
1998
Entidad
Suin
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
5
ARTÍCULO 1º. Suprímese la Consejería Presidencial para la Defensa y la Seguridad Nacional y créase el Programa Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevención del Delito
ARTÍCULO 2º. Suprímese en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el cargo de Consejero Presidencial para la Seguridad Nacional, código 110-41.
ARTÍCULO 3º. Créase en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el cargo de Director del Programa Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevención del Delito, código 120-41.
ARTÍCULO 4º. Son funciones del Director del Programa Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevención del Delito: 1. Elaborar el Plan Nacional sobre Seguridad y Convivencia Ciudadana basado en la participación comunitaria. 2. Promover en los centros urbanos distintos a Bogotá, Medellín y Cali, la generación de planes locales de convivencia y seguridad ciudadana basados en la coordinación entre las autoridades locales y la Policía. 3. Promover en los centros urbanos distintos a Bogotá, Medellín y Cali, la generación de centros de seguimiento y evaluación de las manifestaciones de inseguridad y violencia. 4. Establecer con la Policía Nacional y autoridades locales en la implantación de un plan destinado a consolidar en todo el país la Policía Comunitaria que genere el aumento del número de efectivos de la Policía en la calle, su capacitación especializada para la labor comunitaria y la consolidación del apoyo ciudadano a la labor policial. 5. Promover con las autoridades competentes la reforma de las Inspecciones de Policía. 6. Colaborar con el Ministerio de Justicia en el impulso de políticas como la creación de Unidades de Justicia Rápida, la organización del sistema de investigación criminal del Estado, la solución del problema carcelario y promover mecanismos eficaces de desjudicialización. 7. Elaborar, por encargo del Presidente de la República, estudios y presentar propuestas de solución sobre aspectos que interesen a la seguridad y defensa de la Nación. 8. Preparar documentos y planes que permitan el desarrollo de una política nacional de seguridad, de conformidad con las instrucciones que reciba del Presidente de la República. 9. Elaborar las directivas que le encargue el Presidente de la República, en relación con la convivencia, la seguridad ciudadana y la prevención del delito. 10. Formular recomendaciones al Presidente de la República y a los Consejos Nacionales de Seguridad y Defensa, en relación con situaciones que afecten de manera especial la seguridad de defensa nacional. 11. Coordinar, bajo las indicaciones que le imparta el Presidente de la República, actividades de entidades y organismos públicos que cumplan funciones para la convivencia, la seguridad ciudadana y la prevención del delito. 12. Las demás que le asigne la ley o el Presidente de la República.
ARTÍCULO 5º. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga el Artículo 12 del Decreto 1860 de 1991 y demás normas que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá D. C., a los 30 días del mes de noviembre de 1998. ANDRÉS PASTRANA ARANGO EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, JUAN HERNÁNDEZ CELIS. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, MAURICIO ZULUAGA RUIZ. NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N 43443. 3 de diciembre de 1998. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso