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Decreto 2152 de 1999 — Kelsen
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Decreto1999

Decreto 2152 de 1999

Suin

Sin dato de vigenciaEstado de vigencia

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

2152

Año

1999

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

6

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

2152

Año

1999

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

6

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5
  • Artículo 6

Artículo 1

ARTÍCULO 1º . Modifica el Artículo 1 del Decreto 1141 de 1999 . El artículo 1º del Decreto 1141 de 1999, quedará así: "Integración del Sector Administrativo de Minas y Energía". El Sector Administrativo de Minas y Energía está integrado por el Ministerio de Minas y Energía, que tendrá a cargo la orientación del ejercicio de las funciones asignadas a las entidades adscritas y vinculadas, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan, así como de su participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos. Entidades adscritas: Unidades Administrativas Especiales 1. Unidad de Planeación Minero Energética, UPME 2. Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG Establecimientos Públicos 1. Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Mineroambiental y Nuclear, Ingeominas. 2. Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE. Entidades vinculadas: 1. Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol 2. Empresa Colombiana de Gas, Ecogás. 3. Empresa Nacional Minera Ltda. , Minercol. 4. Empresa Multipropósito Urrá S.A. ESP. 5. Interconexión Eléctrica S.A. ESP-ISA 6. ISAGEN S.A. ESP. 7. Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, Corelca S.A. ESP. 8. Carbones de Colombia S.A., Carbocol. 9. Financiera Energética Nacional S.A, FEN. Las demás entidades que se encuentren vinculadas o se vinculen al Ministerio de Minas y Energía por mandato legal.

Artículo 2

ARTÍCULO 2º. Adiciona el Artículo 3 del Decreto 1141 de 1999 . Adicionar las siguientes funciones al artículo 3º del Decreto 1141 de 1999: 1. Señalar y delimitar dentro de los territorios indígenas debidamente identificados, delimitados y georreferenciados por la autoridad competente, las zonas mineras indígenas en las cuales la exploración y explotación del suelo y subsuelo mineros deberán ajustarse a las disposiciones especiales del Código de Minas. 2. Señalar el área de la reserva minera indígena y las condiciones especiales en que en la misma puedan desarrollarse actividades mineras, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 3

ARTÍCULO 3º. Adiciona el Artículo 5 del Decreto 1141 de 1999. Adicionar las siguientes funciones al artículo 5º del Decreto 1141 de 1999: 1. Señalar y delimitar dentro de los territorios indígenas debidamente identificados, delimitados y georreferenciados por la autoridad competente, las zonas mineras indígenas en las cuales la exploración y explotación del suelo y subsuelo mineros deberán ajustarse a las disposiciones especiales del Código de Minas. 2. Señalar el área de la reserva minera indígena y las condiciones especiales en que en la misma puedan desarrollarse actividades mineras de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 4

ARTÍCULO 4º . Adiciona el Artículo 6 del Decreto 1141 de 1999. Adicionar las siguientes funciones al artículo 6º del Decreto 1141 de 1999: 1. Elaborar los proyectos de ley, decretos y resoluciones relacionados con las actividades del sector minero-energético y de hidrocarburos. 2. Las demás funciones que le sean asignadas de conformidad con la naturaleza de la dependencia y las que le señalen las normas legales.

Artículo 5

ARTÍCULO 5º Adiciona el Artículo 9 del Decreto 1141 de 1999 . Adicionarlas siguientes funciones al artículo 9º del Decreto 1141 de 1999: 1. Adelantar los estudios que se requieran para efectos de señalar y delimitar dentro de los territorios indígenas debidamente identificados, delimitados y georreferenciados por la autoridad competente, las zonas mineras indígenas en las cuales la exploración y explotación del suelo y subsuelo mineros deberán ajustarse a las disposiciones especiales del Código de Minas. 2. Realizar los estudios que se requieran para efectos de señalar el área de la reserva minera indígena y las condiciones especiales en que en la misma puedan desarrollarse actividades mineras.

Artículo 6

ARTÍCULO 6º El presente decreto rige a partir de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 1141 de 1999 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá D.C., a los 4 días del mes de noviembre de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR. EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA, LUIS CARLOS VALENZUELA DELGADO. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, MAURICIO ZULUAGA RUIZ. NOTA: Publicado en el Diario Oficial 43773 de noviembre 8 de 1999. Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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