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Decreto 1174 de 2016 — Kelsen
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Decreto2016

Decreto 1174 de 2016

Suin

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Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1174

Año

2016

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

7

Metadatos

Colección

Normativa

Tipo

Decreto

Número

1174

Año

2016

Entidad

Suin

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

7

  • Artículo 1
  • Artículo 2
  • Artículo 3
  • Artículo 4
  • Artículo 5
  • Artículo 6
  • Artículo 7

Artículo 1

ARTÍCULO 1º. Comité Técnico Interinstitucional: Creáse un Comité Técnico Interinstitucional, conformado por representantes de las agencias, entidades e instituciones públicas que por sus competencias recolecten o registren o almacenen o analicen o procesen información en bases de datos o afines, que tendrá como propósito apoyar oportunamente a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz en su función legal de recibir y aceptar de buena fe de conformidad con el principio de confianza legítima, sin perjuicio de las verificaciones correspondientes, la lista suscrita por los voceros o miembros representantes mediante la cual acrediten la calidad de miembros del grupo armado organizado al margen de la ley, en los términos del artículo 8 de la Ley 418 de 1997, prorrogado por la Ley 1738 de 2014 y modificado por la Ley 1779 de 2016

Artículo 2

ARTÍCULO 2º. Conformación del Comité Técnico Interinstitucional: Harán parte del Comité Técnico Interinstitucional, para las actividades que más adelante se relacionan, los siguientes funcionarios: a) Por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República: 1. El Alto Comisionado para la Paz o su delegado; 2. El Director de la Agencia Colombiana para la Reintegración (ACR) o su delegado; b) Por el Sector Defensa: 1. Por el Ministerio de Defensa Nacional, i. El Viceministro para las Políticas y Asuntos Internacionales o su delegado; 2. Por las Fuerzas Militares, i. El Jefe de Inteligencia Conjunta del Comando General de las Fuerzas Militares o su delegado; ii. El Jefe del Departamento de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército Nacional o su delegado; iii. El Jefe de Inteligencia de la Armada Nacional o su delegado; iv. El Jefe de Inteligencia de Fuerza Aérea Colombiana o su delegado; 3 Por la Policía Nacional: i. El Director de Inteligencia de la Policía Nacional o su delegado; ii. El Director de Investigación Criminal e Interpol o su delegado; c) Por el Departamento Administrativo de la Dirección Nacional de inteligencia: 1. El Director de Inteligencia o su delegado; d) Por la Fiscalía General de la Nación: 1.El Vicefiscal General de la Nación o su delegado; e) El Registrador Nacional del Estado Civil o su delegado Se podrá invitar a otros servidores públicos según se requiera. Los Oficiales de Enlace de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional adscritos a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz tendrán asiento en el Comité como invitados permanentes.

Artículo 3

ARTÍCULO 3º. Actividades: El Comité Interinstitucional adelantará el registro, procesamiento, análisis y cruce de los datos e informaciones necesarios para apoyar la labor de verificación de los listados suscritos por los voceros o miembros representantes de los grupos armados organizados al margen de la ley y recibidos de buena fe por el Alto Comisionado para la Paz, cuando haya lugar a ello y de manera oportuna El Comité Técnico Interinstitucional se dará su propio reglamento y establecerá los criterios para la verificación de los listados que deberán ser aprobados por el Alto Comisionado para la Paz El Comité realizará recomendaciones para apoyar al Alto Comisionado para la Paz en la función legal asignada por la Ley 1779 de 2016 y las entidades allí representadas atenderán los requerimientos de información de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz con oportunidad y eficiencia.

Artículo 4

ARTÍCULO 4º. El Comité será presidido por el Alto Comisionado para la Paz o su delegado, quien además realizará la Secretaría Técnica.

Artículo 5

ARTÍCULO 5º . Funcionamiento. El Comité se reunirá ordinariamente al menos cada quince (15) días según convocatoria realizada por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y de forma extraordinaria por solicitud de alguno de sus miembros elevada a la Presidencia del Comité

Artículo 6

ARTÍCULO 6º . Deber de reserva. Los integrantes o invitados al Comité Técnico Interinstitucional están obligados a guardar reserva sobre la información o documentos sobre los que tengan acceso con ocasión de las reuniones del mismo, de conformidad con el literal d) del artículo 6 de la Ley 1712 de 2014.

Artículo 7

ARTÍCULO 7. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE y CÚMPLASE . Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de julio del año 2016. LUIS C VILLEGAS ECHEVERRI EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 49.939 de 19 de julio de 2016 Volver Atrás Presidencia --> Vicepresidencia MinJusticia MinDefensa MinTrabajo MinInterior MinCiencias MinRelaciones MinHacienda MinSalud MinEnergía MinComercio MinDeporte MinTIC MinEducacion MinCultura MinAgricultura MinAmbiente MinTransporte MinVivienda Urna de Cristal entidad del sector función publica Carrera 6 # 12-62, Bogotá D.C. Código Postal: 111711 Teléfono Conmutador:: (+57) 601 5956600 Línea gratuita nacional: 018000931186 www.funcionpublica.gov.co Correo de Contacto: eva@funcionpublica.gov.co Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co contacto Horario de atención presencial grupo de Servicio al ciudadano: Lunes a Viernes, 7:30 a.m a 6:00 p.m Recepción de correspondencia: Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua Línea gratuita nacional: 018000917770 --> servicios al ciudadano Notificaciones judiciales Notificación de actos administrativos Notificaciones a terceros Denuncias por actos de corrupción Participación ciudadana Preguntas frecuentes Formule su petición PQRS Mapa del sitio Ingreso correo institucional Estadísticas del sitio Acceder Política de Privacidad | Términos y condiciones de uso

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