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Auto ATC023-2026 — Kelsen
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Auto2026

Auto ATC023-2026

CSJ Sala Tutelas rad. 11001-02-03-000-2026-00074-00 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

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ATC023-2026 Radicación n.º 11001-02-03-000-2026-00074-00 Bogotá, D.C., diecinueve (19) de enero de dos mil veintiséis (2026). Resuelve la Corte el conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil Especializada de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cali y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Popayán, en el trámite de grado jurisdiccional de consulta dentro del incidente de desacato presentado por Andrés Fernando Maya Santacruz como agente oficioso de María Elena Santacruz de Maya contra María Elena Ríos Cabal -en su calidad de Gerente y Representante Legal de la Nueva EPS-, sobre la sentencia proferida el 1º de octubre de 2025 por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Popayán. ANTECEDENTES 1. El señor Andrés Fernando Maya Santacruz, actuando como agente oficioso de María Elena Santacruz de Maya, formuló acción de tutela para la protección del derecho fundamental de salud, en contra de la Nueva EPS, asignada por reparto al Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Popayán, quien Firmado electrónicamente por: Martha Patricia Guzmán Álvarez - Magistrada Fecha: 2026-01-19 Código de verificación: 35B5F91A48D42EA6832B38A649D52364673AEB66763A244A5715C198223E719F Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Rad. N°11001-02-03-000-2026-00074-00 2 profirió sentencia de primera instancia el 1º de octubre de 2025 en la que concedió el amparo invocado. 2. La accionante, por medio de agente oficioso, promovió incidente de desacato, en el cual el 12 de diciembre de 2025 el despacho de conocimiento declaró que María Elena Ríos Cabal -en calidad de Gerente Regional y Suroccidente de Nueva EPS- incumplió con la orden impartida y la sancionó con una multa equivalente a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes y el arresto por 3 días. 3. La Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali, en auto de 15 de diciembre pasado, remitió el expediente de la consulta de la sanción a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán al considerar que, la misma fue impuesta por un juzgado con sede en Popayán, y la norma que regula la competencia en tutelas tramitadas por jueces de restitución de tierras establece que la consulta debe ser resuelta por el Tribunal Superior de la misma sede donde actuó el juez de primera instancia. Por ello, y aunque el expediente llegó al Tribunal de Cali, este concluyó que no era el superior competente, ya que la revisión debía hacerla la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Popayán, en atención a los factores territorial y funcional previstos en el Acuerdo PSAA13-9866 de 2013 y desarrollados por la jurisprudencia constitucional. Firmado electrónicamente por: Martha Patricia Guzmán Álvarez - Magistrada Fecha: 2026-01-19 Código de verificación: 35B5F91A48D42EA6832B38A649D52364673AEB66763A244A5715C198223E719F Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Rad. N°11001-02-03-000-2026-00074-00 3 4. Luego, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, en auto de 16 de diciembre, se abstuvo de avocar el conocimiento porque, aunque reconoció que, el Acuerdo PSAA13-9866 de 2013 atribuía la competencia al tribunal con sede en el lugar del juzgado de primera instancia, estimó que esa regla fue modificada por la nueva configuración de los distritos judiciales especializados en restitución de tierras, introducida por los Acuerdos PCSJA24-12141 de 2024 y PCSJA24-12142 de 2025. En consecuencia, planteó conflicto negativo de competencia contra la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali y ordenó remitir la actuación

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

ATC023-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

ATC023-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela